Administración Local. Mancomunidades. Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria. Servicio de Gestión Tributaria y Catastral (Badajoz). (04658/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general para 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Mancomunidad Integral de Aguas y Servicios de la Comarca de Llerena
Anuncio 4658/2022
Forma provisión: C: Concurso; LD: Libre designación; M: Movilidad, con opción a personal de otras
administraciones; I: Provisión interna, con personal de la propia Corporación; A: Ambas, movilidad e interna.
Área de adscripción: SEC-INT: Secretaría-Intervención; OBR: Área de obras; RUS: Rústica; NAD: No adscrito.
Grupo de titulación: En funcionarios, según artículo 76 de la Ley 7/2007. En laborales, equivalencia según
sigue: A1-I, A2-II, C1-III, C2-IV y E-V.
PERSONAL LABORAL
1.- Coordinador-Arquitecto superior oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo completo, personal
laboral indefinido.
2.- Asesor Jurídico oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo parcial, personal laboral indefinido.
3.- Arquitecto Técnico Municipal oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo parcial, personal laboral
indefinido.
4.- Delineante oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo parcial, personal laboral indefinido.
5.- Programa de dinamización deportiva: Siete (7) Dinamizadores Deportivos, jornada completa, personal
laboral indefinido.
6.- Oficina de igualdad: Dos plazas (2) de Agentes de Igualdad según convenio Instituto de la Mujer de
Extremadura, a tiempo parcial, personal laboral indefinido.
7.- Programa de Atención a Familias Desfavorecidas: Una (1) plaza de Psicólogo, una (1) plaza de Educador
Social, y una (1) plaza de Trabajador Social, todas ellas a tiempo parcial, personal laboral temporal.
Por último debe tenerse en cuenta que las plazas de personal laboral señaladas no lo son de plantilla, constituyendo pues
una enumeración simplemente informativa, estando sometidas a diversas modalidades de contratación, fundamentalmente
obras o servicios determinados, aunque algunas lo son por tiempo determinado.
Contra dicha disposición podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, por los motivos establecidos
en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, en los términos y plazos señalados en la Ley 29/1998, reguladora de dicha jurisdicción.
Llerena, fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Forma provisión: C: Concurso; LD: Libre designación; M: Movilidad, con opción a personal de otras
administraciones; I: Provisión interna, con personal de la propia Corporación; A: Ambas, movilidad e interna.
Área de adscripción: SEC-INT: Secretaría-Intervención; OBR: Área de obras; RUS: Rústica; NAD: No adscrito.
Grupo de titulación: En funcionarios, según artículo 76 de la Ley 7/2007. En laborales, equivalencia según
sigue: A1-I, A2-II, C1-III, C2-IV y E-V.
PERSONAL LABORAL
1.- Coordinador-Arquitecto superior oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo completo, personal
laboral indefinido.
2.- Asesor Jurídico oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo parcial, personal laboral indefinido.
3.- Arquitecto Técnico Municipal oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo parcial, personal laboral
indefinido.
4.- Delineante oficina de gestión urbanística, una plaza, a tiempo parcial, personal laboral indefinido.
5.- Programa de dinamización deportiva: Siete (7) Dinamizadores Deportivos, jornada completa, personal
laboral indefinido.
6.- Oficina de igualdad: Dos plazas (2) de Agentes de Igualdad según convenio Instituto de la Mujer de
Extremadura, a tiempo parcial, personal laboral indefinido.
7.- Programa de Atención a Familias Desfavorecidas: Una (1) plaza de Psicólogo, una (1) plaza de Educador
Social, y una (1) plaza de Trabajador Social, todas ellas a tiempo parcial, personal laboral temporal.
Por último debe tenerse en cuenta que las plazas de personal laboral señaladas no lo son de plantilla, constituyendo pues
una enumeración simplemente informativa, estando sometidas a diversas modalidades de contratación, fundamentalmente
obras o servicios determinados, aunque algunas lo son por tiempo determinado.
Contra dicha disposición podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo, por los motivos establecidos
en el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, en los términos y plazos señalados en la Ley 29/1998, reguladora de dicha jurisdicción.
Llerena, fecha de la firma digital.- La Presidenta, Ana Torres Márquez.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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