Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Aceuchal. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04615/2022)
Bases de la convocatoria para la provisión de una plaza de Guarda Rural, personal laboral fijo
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Aceuchal
Anuncio 4615/2022
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aprobados, y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas: La puntuación final vendrá dada por la suma de la fase de oposición más la fase de concurso,
teniendo en cuenta lo establecido para la fase de concurso.
Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente.
Presentación de documentos: Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar, dentro del
plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos
acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado no presentaren la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr.
Alcalde efectuará el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la
oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
Novena.- Bolsa de trabajo.
Se podrá constituir una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso selectivo y no resulten seleccionadas, a fin
de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente
debidas a bajas por enfermedad, maternidad, jubilaciones anticipadas, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación
obtenida.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 5 puntos.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista.
Tendrá preferencia el aspirante que figura en primer lugar de la lista de orden de la bolsa.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, dará lugar a la exclusión de la bolsa
de trabajo, salvo que las causas que justifiquen la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro
de la bolsa de trabajo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal contratado, en
cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica,
internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada
por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la
finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de
trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 2 años.
La bolsa de trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la página web municipal.
Décima.- Nombramiento.
El/la aspirante propuesto/a, para nombramiento y ocupación del puesto de trabajo por la Alcaldía, se entenderá que
renuncia si no acude en tres días en el plazo señalado sin causa justificada.
Décima segunda.- Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden de la oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 10
Anuncio 4615/2022
Octava.- Calificación de las pruebas, relación de aprobados, y presentación de documentos.
Calificación de las pruebas: La puntuación final vendrá dada por la suma de la fase de oposición más la fase de concurso,
teniendo en cuenta lo establecido para la fase de concurso.
Relación de aprobados: Terminada la calificación de los aspirantes, el Tribunal publicará un anuncio que contendrá los
aspirantes seleccionados, y elevará dicha relación al Sr. Alcalde-Presidente.
Presentación de documentos: Los aspirantes propuestos para su nombramiento estarán obligados a presentar, dentro del
plazo de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la lista de aprobados, todos los documentos
acreditativos de las condiciones establecidas en la base segunda de esta convocatoria.
Quienes dentro del plazo indicado no presentaren la documentación, o no reunieran los requisitos exigidos, salvo causas de
fuerza mayor, no podrán ser nombrados y quedarían anuladas todas las actuaciones sin perjuicio de la responsabilidad en
que hubieren podido incurrir por falsedad en la instancia solicitando tomar parte en la convocatoria. En este caso el Sr.
Alcalde efectuará el nombramiento a favor del aspirante que, habiendo superado la totalidad de los ejercicios de la
oposición, tuviera cabida en el número de plazas convocadas, a consecuencia de la referida anulación.
Novena.- Bolsa de trabajo.
Se podrá constituir una bolsa de empleo con las personas que superen el proceso selectivo y no resulten seleccionadas, a fin
de que pueda ser utilizada en futuros llamamientos que pudieran resultar necesarios para cubrir vacantes temporalmente
debidas a bajas por enfermedad, maternidad, jubilaciones anticipadas, etc. La bolsa será ordenada según la puntuación
obtenida.
La puntuación mínima para poder formar parte de la correspondiente bolsa de empleo es de 5 puntos.
El orden de llamamiento de los aspirantes inscritos en la bolsa en este Ayuntamiento será por:
Llamamiento al primer aspirante disponible de la lista.
Tendrá preferencia el aspirante que figura en primer lugar de la lista de orden de la bolsa.
La renuncia inicial a una oferta de trabajo, o la renuncia durante la vigencia del contrato, dará lugar a la exclusión de la bolsa
de trabajo, salvo que las causas que justifiquen la renuncia a una oferta de trabajo y que implican el mantenimiento dentro
de la bolsa de trabajo:
— Estar en situación de ocupado, prestando servicios en el Ayuntamiento como personal contratado, en
cualquiera de las formas admitidas en derecho, laboral o funcionario interino.
— Estar en situación de suspensión por accidente, baja por enfermedad, intervención quirúrgica,
internamiento hospitalario, maternidad, embarazo de alto riesgo y situación de riesgo o necesidad acreditada
por facultativo que exija la lactancia natural de menores de nueve meses. La acreditación documentada de la
finalización de tal circunstancia dará lugar a la reposición en el mismo lugar del orden de lista en las bolsas de
trabajo en que se encontrará la persona afectada.
— Ejercicio de cargo público representativo que imposibilite la asistencia al trabajo.
Esta bolsa de empleo tendrá una vigencia máxima de 2 años.
La bolsa de trabajo debidamente actualizada se encontrará publicada de forma permanente en la página web municipal.
Décima.- Nombramiento.
El/la aspirante propuesto/a, para nombramiento y ocupación del puesto de trabajo por la Alcaldía, se entenderá que
renuncia si no acude en tres días en el plazo señalado sin causa justificada.
Décima segunda.- Incidencias.
Contra la presente convocatoria, las bases por las que se rige y cuantos actos se deriven de las mismas y de la actuación del
Tribunal se podrán formular impugnaciones por los interesados en los casos y forma establecidos por la Ley 39/2015, de 1
de octubre, de Procedimiento Administrativo Común.
El Tribunal queda facultado para resolver las dudas que puedan presentarse y adoptar las soluciones, criterios o medidas
necesarias para el buen orden de la oposición.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 7 de 10