Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (04607/2022)
Bases de la convocatoria para acceso a cuatro plazas de Auxiliar de Conserjería, por promoción interna
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 4607/2022
previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en el tablón electrónico del Portal del Ciudadano, que se encuentra
en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, y en el tablón de anuncios del Departamento de
Personal de este Ayuntamiento.
Sexta.- Procedimiento de selección.
La selección de los aspirantes se realizará mediante Concurso de méritos de acuerdo con el siguiente baremo, siendo
necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos en la suma de todos los meritos acreditados.
EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo de 4 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros: 0,20 puntos,
en plazas adscritas a puestos, cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción
(Auxiliar de Conserjería). No se tendrá en cuenta el tiempo mínimo al que se refiere la base segunda apartado
d), de los presentes criterios de selección.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras administraciones públicas: 0,05 puntos, en puestos
cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción (Auxiliar de Conserjería).
La experiencia habrá de justificarse con un informe de vida laboral completo, emitido por la Tesorería General de la
Seguridad Social y con un certificado de servicios prestados expedido por la Administración correspondiente.
En ningún caso podrán ser computados servicios prestados en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles
o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación total.
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO (máximo de 4 puntos).
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que hayan podido
redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, incluida la informática y los permisos de conducción y a excepción
de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso, conforme a la siguiente escala:
De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día:
0,20 puntos
De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días:
0,30 puntos
De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días:
0,40 puntos
De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días:
0,50 puntos
De 41 a 70 horas o en su defecto, duración de 8 a 12 días:
0,60 puntos
De 71 a 100 horas o en su defecto, duración de 13 a 20 días:
0,80 puntos
De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días:
1 punto
Permiso de Conducción tipo B:
1 punto
Permiso de Conducción B+C1:
2 puntos
De 201 a 300 horas o en su defecto, duración de 31 a 40 días:
2 puntos
De más de 300 horas o en su defecto, más de 40 días:
3 puntos
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso de no contar
con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas o días, no se considerarán para su valoración.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación total.
TITULACIÓN ACADÉMICA (máximo de 2 puntos).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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previstas en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
Todos los acuerdos del Tribunal Calificador se insertarán en el tablón electrónico del Portal del Ciudadano, que se encuentra
en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Villafranca de los Barros, y en el tablón de anuncios del Departamento de
Personal de este Ayuntamiento.
Sexta.- Procedimiento de selección.
La selección de los aspirantes se realizará mediante Concurso de méritos de acuerdo con el siguiente baremo, siendo
necesario obtener una puntuación mínima de 5 puntos en la suma de todos los meritos acreditados.
EXPERIENCIA PROFESIONAL (máximo de 4 puntos).
- Por cada mes completo de servicios prestados en el Ayuntamiento de Villafranca de los Barros: 0,20 puntos,
en plazas adscritas a puestos, cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción
(Auxiliar de Conserjería). No se tendrá en cuenta el tiempo mínimo al que se refiere la base segunda apartado
d), de los presentes criterios de selección.
- Por cada mes completo de servicios prestados en otras administraciones públicas: 0,05 puntos, en puestos
cuyas tareas se correspondan con las propias del oficio objeto de la promoción (Auxiliar de Conserjería).
La experiencia habrá de justificarse con un informe de vida laboral completo, emitido por la Tesorería General de la
Seguridad Social y con un certificado de servicios prestados expedido por la Administración correspondiente.
En ningún caso podrán ser computados servicios prestados en régimen de colaboración social, contratos civiles, mercantiles
o sometidos al derecho administrativo. A estos efectos no se computarán servicios que hubieran sido prestados
simultáneamente con otros igualmente alegados.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación total.
FORMACIÓN Y PERFECCIONAMIENTO (máximo de 4 puntos).
Se puntuará la formación recibida sobre materias relacionadas con el perfil del puesto al que se opta y que hayan podido
redundar en beneficio del perfeccionamiento profesional, incluida la informática y los permisos de conducción y a excepción
de los que hayan formado parte de la titulación requerida para el acceso, conforme a la siguiente escala:
De 6 a 10 horas o en su defecto, duración de 1 día:
0,20 puntos
De 11 a 20 horas o en su defecto, duración de 2 días:
0,30 puntos
De 21 a 30 horas o en su defecto, duración de 3 a 5 días:
0,40 puntos
De 31 a 40 horas o en su defecto, duración de 6 a 7 días:
0,50 puntos
De 41 a 70 horas o en su defecto, duración de 8 a 12 días:
0,60 puntos
De 71 a 100 horas o en su defecto, duración de 13 a 20 días:
0,80 puntos
De 101 a 200 horas o en su defecto, duración de 21 a 30 días:
1 punto
Permiso de Conducción tipo B:
1 punto
Permiso de Conducción B+C1:
2 puntos
De 201 a 300 horas o en su defecto, duración de 31 a 40 días:
2 puntos
De más de 300 horas o en su defecto, más de 40 días:
3 puntos
Los cursos o acciones formativas de idéntica temática puntuarán una sola vez, aunque se valorará, en el caso de no contar
con el mismo número de horas, el de mayor puntuación.
Los cursos en los que no esté especificado el número de horas o días, no se considerarán para su valoración.
La puntuación máxima a otorgar en este apartado será de 4 puntos, lo que supone un 40% de la puntuación total.
TITULACIÓN ACADÉMICA (máximo de 2 puntos).
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