Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (04527/2022)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a promover actividades juveniles y sufragar gastos de capital de los espacios de interacción de las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022
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Delegación de Igualdad y Juventud
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cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ellas se supere el coste total de la propuesta
de actividades, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho sobrante a la Diputación de Badajoz.
f) Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los gastos de la
subvención concedida.
g) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación, así
como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de las
propuestas subvencionadas como mecanismo de sensibilización y educación para la igualdad de
oportunidades y diversidad sexual.
h) De acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención
durante un periodo mínimo de dos años. No se considerará incumplida la obligación de destino referida
anteriormente cuando fuera sustituido por otro que sirva en condiciones análogas al fin para el que se
concedió la subvención y este uso se mantenga hasta completar el período establecido, siempre que la
sustitución haya sido autorizada por la Administración concedente.
i) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
Base 11.- Ejecución, justificación y prórroga de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de ejecución. De acuerdo con lo establecido en la base 5, el periodo de ejecución será el referido a todas las
actividades subvencionadas desde el 1 de septiembre de 2022 a 31 de agosto de 2023.
B. Plazo de justificación y pago de las actuaciones. El pago de los gastos y la justificación de la subvención otorgada habrán
de efectuarse con fecha límite del 31 de octubre de 2023. Por tanto, la no presentación de la cuenta justificativa e informe
técnico en el plazo mencionado, traerá como consecuencias, la imposibilidad de concurrir en la convocatoria siguiente y las
relativas al posible reintegro de la subvención, o a la determinación de las sanciones que se prevén en la normativa sobre
subvenciones.
C. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos mediante su
presentación a través de la Sede Electrónica ubicada en la página principal de Diputación de Badajoz,
https://sede.dip-badajoz.es/.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención estarán
disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en su página principal, así como en el apartado de
"Subvenciones" en la web de la Diputación y en la Oficina de Atención a la Ciudadanía. Estos modelos son:
• Anexo IV: Cuenta justificativa del proyecto.
• Anexo V: Indicadores de resultado y actividad de la convocatoria.
• Anexo VI: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinadas a
asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades, consejos de juventud locales y comarcales así
como otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades juveniles con sede o delegación
permanente en los distintos municipios de la provincia de Badajoz, destinadas a promover actividades
juveniles de interés general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de
asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el mantenimiento de los espacios en los que se realiza
la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia 2022.
• Anexo IX: Remisión de documentación para subsanación justificación de subvención destinada destinadas a
asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades, consejos de juventud locales y comarcales así
como otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades juveniles con sede o delegación
permanente en los distintos municipios de la provincia de Badajoz, destinadas a promover actividades
juveniles de interés general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de
asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el mantenimiento de los espacios en los que se realiza
la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia 2022.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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cualquier otra institución pública o privada. En caso de que con ellas se supere el coste total de la propuesta
de actividades, la entidad beneficiaria está obligada a reintegrar dicho sobrante a la Diputación de Badajoz.
f) Reflejar en sus libros y registros de contabilidad las operaciones correspondientes a los gastos de la
subvención concedida.
g) Participar en las campañas provinciales de sensibilización y divulgación llevadas a cabo por Diputación, así
como en otras actuaciones que se estimen para divulgar y comunicar a la ciudadanía los resultados de las
propuestas subvencionadas como mecanismo de sensibilización y educación para la igualdad de
oportunidades y diversidad sexual.
h) De acuerdo a lo establecido en el artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, el beneficiario deberá destinar los bienes al fin concreto para el que se concedió la subvención
durante un periodo mínimo de dos años. No se considerará incumplida la obligación de destino referida
anteriormente cuando fuera sustituido por otro que sirva en condiciones análogas al fin para el que se
concedió la subvención y este uso se mantenga hasta completar el período establecido, siempre que la
sustitución haya sido autorizada por la Administración concedente.
i) Cualquier otra obligación establecida en las presentes bases.
Base 11.- Ejecución, justificación y prórroga de la subvención. Estructura y alcance.
Al tratarse de subvenciones concedidas por importe inferior a 60.000,00 euros, y conforme al artículo 75 del Reglamento de
la Ley 38/2003, se prevé la cuenta justificativa simplificada como documento con validez jurídica para la justificación, con las
peculiaridades y características que a continuación se detallan:
A. Plazo de ejecución. De acuerdo con lo establecido en la base 5, el periodo de ejecución será el referido a todas las
actividades subvencionadas desde el 1 de septiembre de 2022 a 31 de agosto de 2023.
B. Plazo de justificación y pago de las actuaciones. El pago de los gastos y la justificación de la subvención otorgada habrán
de efectuarse con fecha límite del 31 de octubre de 2023. Por tanto, la no presentación de la cuenta justificativa e informe
técnico en el plazo mencionado, traerá como consecuencias, la imposibilidad de concurrir en la convocatoria siguiente y las
relativas al posible reintegro de la subvención, o a la determinación de las sanciones que se prevén en la normativa sobre
subvenciones.
C. Forma de remisión de la justificación: El expediente justificativo se remitirá a través de medios electrónicos mediante su
presentación a través de la Sede Electrónica ubicada en la página principal de Diputación de Badajoz,
https://sede.dip-badajoz.es/.
Los modelos normalizados de remisión de la documentación para la justificación del objeto de la subvención estarán
disponibles en la sede electrónica de la Diputación de Badajoz ubicada en su página principal, así como en el apartado de
"Subvenciones" en la web de la Diputación y en la Oficina de Atención a la Ciudadanía. Estos modelos son:
• Anexo IV: Cuenta justificativa del proyecto.
• Anexo V: Indicadores de resultado y actividad de la convocatoria.
• Anexo VI: Remisión electrónica de documentación para la justificación de la subvención destinadas a
asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades, consejos de juventud locales y comarcales así
como otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades juveniles con sede o delegación
permanente en los distintos municipios de la provincia de Badajoz, destinadas a promover actividades
juveniles de interés general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de
asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el mantenimiento de los espacios en los que se realiza
la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia 2022.
• Anexo IX: Remisión de documentación para subsanación justificación de subvención destinada destinadas a
asociaciones juveniles, secciones juveniles de otras entidades, consejos de juventud locales y comarcales así
como otras entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades juveniles con sede o delegación
permanente en los distintos municipios de la provincia de Badajoz, destinadas a promover actividades
juveniles de interés general que propicien la participación juvenil, estimular el funcionamiento de
asociaciones juveniles y sufragar gastos de capital para el mantenimiento de los espacios en los que se realiza
la interacción entre las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia 2022.
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