Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Igualdad y Juventud (Badajoz). (04527/2022)
Bases específicas con convocatoria de subvenciones destinadas a promover actividades juveniles y sufragar gastos de capital de los espacios de interacción de las y los jóvenes en los municipios de nuestra provincia durante el ejercicio 2022
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Delegación de Igualdad y Juventud
Anuncio 4527/2022
1 actividad: 2,00 puntos.
2 actividades: 3,00 puntos.
3 actividades: 4,00 puntos.
4 actividades: 5,00 puntos.
d) Ámbito territorial. Hasta 5 puntos.
Se valorará que las entidades desarrollen sus actividades en municipios de más de 1.000 habitantes:
4,00 puntos.
Se valorará que las entidades desarrollen sus actividades en municipios de la provincia de Badajoz de
menos de 1.000 habitantes: 5,00 puntos.
e) Participantes en las actividades. Hasta 5 puntos.
De 1 a 10 participantes: 1,00 punto.
De 11 a 30 participantes: 2,00 puntos.
De 31 a 50 participantes: 3,00 puntos.
Más de 51 participantes: 5,00 puntos.
f) Aportación económica de la entidad en el desarrollo de las actividades. Hasta 5 puntos.
Aportación mínima del 5%: 2,00 puntos.
Entre el 5% y 10%: 3,00 puntos.
Más del 10%: 5,00 puntos.
2- Propuesta a subvencionar: Máximo 40 puntos:
a) Necesidad de la adquisición del gasto de capital para el desarrollo de las actividades de la entidad: De 0 a
10 puntos.
a.1) Concordancia entre las necesidades detectadas y la adquisición del bien prevista: De 0 a
5,00 puntos.
a.2) Evaluación de la necesidad de la adquisición del bien inventariable para el desarrollo de la
actividad normal de la entidad: De 0 a 5,00 puntos.
b) Acreditación de la necesidad del bien para la viabilidad del desarrollo de las acciones de la entidad: Hasta
30 puntos.
b.1) Uso cotidiano del bien para el normal funcionamiento de la entidad solicitante. De 0 a 5,00 puntos.
b.2) Indicar la mejora que supone la adquisición del bien para el desarrollo de las actividades de la entidad: De
0 a 5,00 puntos.
b.3) Adecuación del presupuesto a la propuesta presentada: De 0 a 5,00 puntos.
b.4)Valoración técnica de la propuesta a subvencionar: De 0 a 10,00 puntos.
b.5) Número de personas asociadas que harán uso del bien: De 0 a 5,00 puntos.
Hasta 10 personas asociadas: 1 punto
De 11 personas asociadas a 50 personas asociadas: 2 puntos.
De 51 personas asociadas a 100 personas asociadas: 3,5 puntos.
Más de 100 personas asociadas: 5 puntos.
Entidad solicitante: 15 puntos sobre un máximo de 30 puntos.
Propuesta de actividades: 20 puntos sobre un máximo de 40 puntos.
La puntuación mínima total para que una propuesta sea financiada será de 35 puntos (debiendo alcanzar los
mínimos anteriormente descritos por cada uno de los apartados).
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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1 actividad: 2,00 puntos.
2 actividades: 3,00 puntos.
3 actividades: 4,00 puntos.
4 actividades: 5,00 puntos.
d) Ámbito territorial. Hasta 5 puntos.
Se valorará que las entidades desarrollen sus actividades en municipios de más de 1.000 habitantes:
4,00 puntos.
Se valorará que las entidades desarrollen sus actividades en municipios de la provincia de Badajoz de
menos de 1.000 habitantes: 5,00 puntos.
e) Participantes en las actividades. Hasta 5 puntos.
De 1 a 10 participantes: 1,00 punto.
De 11 a 30 participantes: 2,00 puntos.
De 31 a 50 participantes: 3,00 puntos.
Más de 51 participantes: 5,00 puntos.
f) Aportación económica de la entidad en el desarrollo de las actividades. Hasta 5 puntos.
Aportación mínima del 5%: 2,00 puntos.
Entre el 5% y 10%: 3,00 puntos.
Más del 10%: 5,00 puntos.
2- Propuesta a subvencionar: Máximo 40 puntos:
a) Necesidad de la adquisición del gasto de capital para el desarrollo de las actividades de la entidad: De 0 a
10 puntos.
a.1) Concordancia entre las necesidades detectadas y la adquisición del bien prevista: De 0 a
5,00 puntos.
a.2) Evaluación de la necesidad de la adquisición del bien inventariable para el desarrollo de la
actividad normal de la entidad: De 0 a 5,00 puntos.
b) Acreditación de la necesidad del bien para la viabilidad del desarrollo de las acciones de la entidad: Hasta
30 puntos.
b.1) Uso cotidiano del bien para el normal funcionamiento de la entidad solicitante. De 0 a 5,00 puntos.
b.2) Indicar la mejora que supone la adquisición del bien para el desarrollo de las actividades de la entidad: De
0 a 5,00 puntos.
b.3) Adecuación del presupuesto a la propuesta presentada: De 0 a 5,00 puntos.
b.4)Valoración técnica de la propuesta a subvencionar: De 0 a 10,00 puntos.
b.5) Número de personas asociadas que harán uso del bien: De 0 a 5,00 puntos.
Hasta 10 personas asociadas: 1 punto
De 11 personas asociadas a 50 personas asociadas: 2 puntos.
De 51 personas asociadas a 100 personas asociadas: 3,5 puntos.
Más de 100 personas asociadas: 5 puntos.
Entidad solicitante: 15 puntos sobre un máximo de 30 puntos.
Propuesta de actividades: 20 puntos sobre un máximo de 40 puntos.
La puntuación mínima total para que una propuesta sea financiada será de 35 puntos (debiendo alcanzar los
mínimos anteriormente descritos por cada uno de los apartados).
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