Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04553/2022)
Modificación de competencias delegadas
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Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Anuncio 4553/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros
Jerez de los Caballeros (Badajoz)
Anuncio 4553/2022
Modificación de competencias delegadas
La Alcaldesa-Presidenta con fecha 5 de octubre del 2022 ha dictado la resolución que se transcribe a continuación:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista del decreto de delegación de competencias ordenado por esta Alcaldía con fecha 1 de febrero de 2021, tras la
sesión celebrada el día 26 de enero de 2021, se pretenden modificar determinadas delegaciones realizadas por esta alcaldía
sobre los concejales que forman el equipo de gobierno y sobre aquellos concejales delegados que han realizado funciones
desde la fecha señalada. De esta manera, se pretenden reestructurar las concejalías para que sirvan de manera más efectiva
a la consecución de los objetivos de interés general del Ayuntamiento.
Considerando lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y
examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero.- Modificar la delegación otorgada a los concejales en la resolución de fecha 1 de febrero de 2022
reestructurando las concejalías existentes, en los términos que a continuación se establecen:
- Delegar en los siguientes concejales las facultadas de gestión sobre las materias que se describen a
continuación:
Área/materia
Concejal
Urbanismo
Feliciano Ciria Nogales
Cultura
Turismo y fiestas de interés turístico
Economía y hacienda
María de los Ángeles Sánchez Galván
Bienestar social
Igualdad
Empleo
Sanidad
Transparencia y participación ciudadana
(Portavocía)
David Trejo Gómez
Juventud y deportes
Seguridad Ciudadana
Obras y servicios generales
Dehesa y medio ambiente
Pedanías
José Javier de la Cruz Sevilla
Festejos, mercado y educación
Crispina Pitel Flores
Patrimonio
Manuela Cordobés Rodríguez
Segundo.- Conservar en esta alcaldía la gestión sobre las siguientes competencias: Recursos humanos,
comercio e industria y atención a la ciudadanía, así como todas aquellas que no puedan reconducirse a
ninguna de las otras áreas mencionadas en la delegación.
Tercero.- Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, con periodicidad semanal y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de
referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo
115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por
el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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La Alcaldesa-Presidenta con fecha 5 de octubre del 2022 ha dictado la resolución que se transcribe a continuación:
"RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
A la vista del decreto de delegación de competencias ordenado por esta Alcaldía con fecha 1 de febrero de 2021, tras la
sesión celebrada el día 26 de enero de 2021, se pretenden modificar determinadas delegaciones realizadas por esta alcaldía
sobre los concejales que forman el equipo de gobierno y sobre aquellos concejales delegados que han realizado funciones
desde la fecha señalada. De esta manera, se pretenden reestructurar las concejalías para que sirvan de manera más efectiva
a la consecución de los objetivos de interés general del Ayuntamiento.
Considerando lo dispuesto en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y
examinada la documentación que la acompaña y de conformidad con lo establecido en los artículos 9.1 de la Ley 40/2015,
de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público; 21.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local; y 43 a 45, 114 a 118, 120 y 121 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
RESUELVO
Primero.- Modificar la delegación otorgada a los concejales en la resolución de fecha 1 de febrero de 2022
reestructurando las concejalías existentes, en los términos que a continuación se establecen:
- Delegar en los siguientes concejales las facultadas de gestión sobre las materias que se describen a
continuación:
Área/materia
Concejal
Urbanismo
Feliciano Ciria Nogales
Cultura
Turismo y fiestas de interés turístico
Economía y hacienda
María de los Ángeles Sánchez Galván
Bienestar social
Igualdad
Empleo
Sanidad
Transparencia y participación ciudadana
(Portavocía)
David Trejo Gómez
Juventud y deportes
Seguridad Ciudadana
Obras y servicios generales
Dehesa y medio ambiente
Pedanías
José Javier de la Cruz Sevilla
Festejos, mercado y educación
Crispina Pitel Flores
Patrimonio
Manuela Cordobés Rodríguez
Segundo.- Conservar en esta alcaldía la gestión sobre las siguientes competencias: Recursos humanos,
comercio e industria y atención a la ciudadanía, así como todas aquellas que no puedan reconducirse a
ninguna de las otras áreas mencionadas en la delegación.
Tercero.- Imponer al delegado la obligación de informar a esta Alcaldía, con periodicidad semanal y, en todo
caso, cuando se le requiera para ello, de la gestión realizada y de las disposiciones dictadas en el período de
referencia, y con carácter previo de aquellas decisiones de trascendencia, tal y como se prevé en al artículo
115 Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por
el Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
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