Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (04542/2022)
Aprobación de la regulación de los horarios de las terrazas e instalaciones anexas a los establecimientos públicos en calzadas y espacios abiertos
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 4542/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 4542/2022
Aprobación de la regulación de los horarios de las terrazas e instalaciones anexas a los establecimientos públicos en
calzadas y espacios abiertos
Por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 29 de septiembre de 2022, adoptó acuerdo de aprobación de la regulación
de los horarios de las terrazas e instalaciones anexas a los establecimientos públicos en calzadas y espacios abiertos, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
Primero.- Aprobar los horarios de cierre de las terrazas vinculadas a los establecimientos públicos de Villafranca de los
Barros que ocupan cualquier tipo de espacio público de titularidad municipal para el ejercicio de su actividad:
1. Horario de invierno. Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo, ambos inclusive. 1:30 horas.
2. Horario de verano. Desde el 1 de junio al 30 de septiembre, ambos inclusive. Este mismo horario regirá también
durante el periodo de jueves Santo al lunes de Pascua, ambos inclusive, y desde el 24 de diciembre al 6 de enero,
ambos inclusive. 2:00 horas.
3. Horario de fines de semana. Los horarios de terminación y cierre podrán prolongarse media hora más los viernes,
sábados y vísperas de fiestas.
4. Podrá solicitarse autorización de horarios con ocasión de fiestas patronales o locales.
Segundo.- Modificar el art. 9.3.e) de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa ocupación de terrenos de uso público con
mesas, sillas y elementos auxiliares con finalidad lucrativa, que pasa a tener la siguiente redacción:
Artículo 9. Normas de ocupación.
(…)
3. Serán obligaciones de los titulares de las licencias:
(…)
e) La instalación y ocupación con sillas, mesas y demás elementos auxiliares en la calzada o en
estacionamientos sólo se podrá realizar en horario de lunes a viernes desde las 20:00 horas hasta la hora de
cierre aprobada para la terraza, y sábados, domingos y festivos desde las 14:00 horas hasta la hora de cierre
aprobada para la terraza.
No obstante lo anterior, mediante acuerdo expreso de la Junta de Gobierno Local y previo informe favorable
de la Policía Local, se podrá autorizar singularmente otro horario de ocupación en la calzada o en
estacionamientos en el tramo horario de mañana.
Tercero.- Exponer al público, por un período de 30 días, el presente acuerdo a efectos de reclamaciones, mediante la
inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón edictal de la sede electrónica.
El acuerdo plenario por el que se aprueban los horarios de cierre de las terrazas vinculadas a los establecimientos públicos
de Villafranca de los Barros que ocupan cualquier tipo de espacios públicos para el ejercicio de su actividad y la aprobación
definitiva de la modificación de la Ordenanza resolverá las reclamaciones que se hayan podido presentar dentro de plazo,
que no será necesario si durante el citado período no se presenta ninguna. En este caso el acuerdo de aprobación
provisional se entenderá elevado a definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 17.3 de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Firmado electrónicamente por El Alcalde en funciones, Primer Teniente Alcalde, Manuel Piñero Lemus, en Villafranca de los
Barros, en la fecha del encabezado de firma.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Villafranca de los Barros (Badajoz)
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Por el Pleno de la Corporación en sesión de fecha 29 de septiembre de 2022, adoptó acuerdo de aprobación de la regulación
de los horarios de las terrazas e instalaciones anexas a los establecimientos públicos en calzadas y espacios abiertos, cuya
parte dispositiva dice lo siguiente:
Primero.- Aprobar los horarios de cierre de las terrazas vinculadas a los establecimientos públicos de Villafranca de los
Barros que ocupan cualquier tipo de espacio público de titularidad municipal para el ejercicio de su actividad:
1. Horario de invierno. Desde el 1 de octubre hasta el 31 de mayo, ambos inclusive. 1:30 horas.
2. Horario de verano. Desde el 1 de junio al 30 de septiembre, ambos inclusive. Este mismo horario regirá también
durante el periodo de jueves Santo al lunes de Pascua, ambos inclusive, y desde el 24 de diciembre al 6 de enero,
ambos inclusive. 2:00 horas.
3. Horario de fines de semana. Los horarios de terminación y cierre podrán prolongarse media hora más los viernes,
sábados y vísperas de fiestas.
4. Podrá solicitarse autorización de horarios con ocasión de fiestas patronales o locales.
Segundo.- Modificar el art. 9.3.e) de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa ocupación de terrenos de uso público con
mesas, sillas y elementos auxiliares con finalidad lucrativa, que pasa a tener la siguiente redacción:
Artículo 9. Normas de ocupación.
(…)
3. Serán obligaciones de los titulares de las licencias:
(…)
e) La instalación y ocupación con sillas, mesas y demás elementos auxiliares en la calzada o en
estacionamientos sólo se podrá realizar en horario de lunes a viernes desde las 20:00 horas hasta la hora de
cierre aprobada para la terraza, y sábados, domingos y festivos desde las 14:00 horas hasta la hora de cierre
aprobada para la terraza.
No obstante lo anterior, mediante acuerdo expreso de la Junta de Gobierno Local y previo informe favorable
de la Policía Local, se podrá autorizar singularmente otro horario de ocupación en la calzada o en
estacionamientos en el tramo horario de mañana.
Tercero.- Exponer al público, por un período de 30 días, el presente acuerdo a efectos de reclamaciones, mediante la
inserción del correspondiente edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, en el tablón edictal de la sede electrónica.
El acuerdo plenario por el que se aprueban los horarios de cierre de las terrazas vinculadas a los establecimientos públicos
de Villafranca de los Barros que ocupan cualquier tipo de espacios públicos para el ejercicio de su actividad y la aprobación
definitiva de la modificación de la Ordenanza resolverá las reclamaciones que se hayan podido presentar dentro de plazo,
que no será necesario si durante el citado período no se presenta ninguna. En este caso el acuerdo de aprobación
provisional se entenderá elevado a definitivo de conformidad con lo que dispone el artículo 17.3 de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales.
Firmado electrónicamente por El Alcalde en funciones, Primer Teniente Alcalde, Manuel Piñero Lemus, en Villafranca de los
Barros, en la fecha del encabezado de firma.
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