Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valle de la Serena. Área de Transformación Digital y Turismo (Badajoz). (04540/2022)
Aprobación de las bases de la ampliación del Plan de Empleo Extraordinario
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Ayuntamiento de Valle de la Serena

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BASES DE LA AMPLIACIÓN DEL PLAN DE EMPLEO EXTRAORDINARIO DEL AYUNTAMIENTO DE VALLE DE LA SERENA, COMO
MEDIDA DE APOYO A FAMILIAS Y PERSONAS EN SITUACIÓN DE VULNERABILIDAD PROVOCADA POR LA CRISIS DERIVADA DE
LA PANDEMIA POR COVID-19 Y POR LA INVASIÓN DE UCRANIA POR PARTE DE RUSIA
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Existe la necesidad de adopción de medidas de apoyo económico a familias y personas en situación de vulnerabilidad
provocada por la crisis de la COVID-19, a la que se han sumado las graves consecuencias económicas derivadas de la
invasión de Ucrania por parte de Rusia que, en este último caso, ha acentuado una subida de precios de productos básicos
que pone en riesgo a las personas y familias económicamente más vulnerables.
El personal contratado en esta ampliación del plan de empleo extraordinario va a ser destinado a cubrir necesidades de
personal laboral temporal (auxiliares), que no pueden ser atendidas por otro personal en la Residencia mixta de Mayores de
Valle de la Serena, cuyo funcionamiento está supeditado y condicionado al mantenimiento de los convenios con la Junta de
Extremadura que garantizan su correcta financiación.
La ampliación del plan está destinada sobre todo a personas que, sin poseer especiales cualificaciones, puedan acceder al
mercado de trabajo en función de criterios sociales, y así poder paliar su situación económica y de desempleo provocada
por la pandemia del COVID-19 y la Guerra de Ucrania.
Por todo ello, se entiende conveniente crear una bolsa extraordinaria de trabajo de auxiliares para la Residencia mixta de
Mayores de Valle de la Serena, cuya constitución y funcionamiento se regirán por las bases que se aprueban mediante este
Decreto, según el texto que se insertará como anexo.
BASES
Base 1.ª.- Objeto.
1.1.- Constituye el objeto de las presentes bases regular la constitución de unas listas de espera o bolsas de
trabajo para atender a las necesidades de personal o la provisión temporal de puestos vacantes no
estructurales de este Ayuntamiento mediante la contratación laboral de personas desempleadas en las
modalidades legalmente establecidas, sin que en ningún caso la duración de la contratación pueda ser
inferior a un mes ni superior a seis, como auxiliares para la Residencia mixta de Mayores de Valle de la
Serena, cuyo funcionamiento está supeditado y condicionado al mantenimiento de los convenios con la Junta
de Extremadura que garantizan su correcta financiación.
1.2.- Los puestos que se oferten en cada momento se agrupan, exclusivamente a los efectos de este plan, en
la forma que se indica en el anexo I de estas bases, cuyas condiciones, emolumentos y demás de índole
similar serán los determinados en la normativa de aplicación.
1.3.- Quedan excluidos de las presentes bases los puestos de trabajo que oferte este Ayuntamiento con cargo
a los programas específicos subvencionados por el Estado, la Comunidad Autónoma, la Diputación Provincial
u otros organismos públicos, tales como los subvencionados con cargo al Fondo Social Europeo, los
programas de Escuelas Profesionales Duales de Empleo, Plan de Colaboración Económica Municipal, y otros
similares, que serán objeto del procedimiento de selección oportuno, mediante ofertas al SEXPE.
1.4.- Las contrataciones de personal que se realicen con cargo a los créditos presupuestarios de inversiones,
previa justificación, sea cual sea su duración, podrán ser cubiertos por la presente bolsa de trabajo o, en su
caso, por el procedimiento que se determine por la Alcaldía u órgano que tenga delegada la competencia.
1.5.- El hecho de haber solicitado y pertenecer a cualquier otra bolsa de trabajo que se constituya en este
Ayuntamiento será causa de exclusión en este procedimiento extraordinario.
1.6.- Este Ayuntamiento podrá recurrir a la contratación de personal, sin tener en cuenta esta bolsa de
trabajo, cuando se trate de personal previamente seleccionado para programas subvencionados por otras
Administraciones Públicas.
Base 2.ª.- Requisitos de los aspirantes.
2.1.- Para participar en la presente convocatoria los aspirantes deberán cumplir las condiciones generales
siguientes:

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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