Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04376/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema de oposición libre, una plaza de Operario Sepulturero del Ayuntamiento de Badajoz
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Recursos Humanos
Anuncio 4376/2022
órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado/a. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.
NOVENA.- CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS.
1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio
siguiente el obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos
decimales.
2. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3), siendo
necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del
examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no
tendrán valoración alguna.
3. El segundo ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3), siendo necesario
obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del examen, una
vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no tendrán
valoración alguna.
4. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en su página web, la relación de los aspirantes
que hayan superado el mismo, con especificación de las puntuaciones obtenidas.
5. La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la puntuación obtenida
en los dos ejercicios. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en
el primer ejercicio; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y, por último, si
aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse
todos los ejercicios que integran la convocatoria.
DÉCIMA.- RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA.
1. Una vez finalizadas todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden
de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral
fijo en la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso
a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo
nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
2. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, los aspirantes que hayan superado los
ejercicios de la convocatoria sin haber obtenido plaza, pasarán a constituir una bolsa de trabajo con el fin de
atender a futuras necesidades de personal temporal o para su nombramiento como funcionarios interinos,
en la categoría de la plaza convocada, que pudieran producirse en este Ayuntamiento, dejando sin efecto las
bolsas de trabajo anteriores. Respecto al funcionamiento de las bolsas de trabajo se estará a lo regulado en el
Acuerdo General de Contratación del Personal Temporal.
3. Las personas seleccionadas deberán presentar en el Servicio de Recursos del Ayuntamiento de Badajoz,
dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación
de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos
exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o
está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas Bases, o certificación académica original que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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órgano convocante, que alguno de los/as aspirantes carece de los requisitos necesarios para participar en la
convocatoria, o bien, que se han producido variaciones de las circunstancias alegadas en la solicitud, se
iniciará expediente de comprobación acerca del cumplimiento de los requisitos, con trámite de audiencia al
interesado/a. El órgano convocante, de forma motivada, podrá, en su caso, declarar decaído en su derecho al
interesado/a.
NOVENA.- CALIFICACIÓN DE LOS EJERCICIOS.
1. Los ejercicios de la oposición se calificarán de 0 a 10 puntos, siendo necesario para pasar al ejercicio
siguiente el obtener un mínimo de 5 puntos. La calificación de todos los ejercicios será expresada con dos
decimales.
2. La calificación del primer ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3), siendo
necesario obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del
examen, una vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no
tendrán valoración alguna.
3. El segundo ejercicio se realizará de conformidad con la fórmula aciertos – (errores/3), siendo necesario
obtener, como mínimo, una puntuación directa equivalente al 50% de las preguntas válidas del examen, una
vez aplicada la fórmula, para considerar superada la prueba. Las preguntas no contestadas no tendrán
valoración alguna.
4. Finalizado y calificado cada ejercicio, el Tribunal hará público en su página web, la relación de los aspirantes
que hayan superado el mismo, con especificación de las puntuaciones obtenidas.
5. La puntuación final y el orden de aprobados vendrán determinados por la suma de la puntuación obtenida
en los dos ejercicios. En caso de empate, se resolverá el mismo atendiendo a la mejor puntuación obtenida en
el primer ejercicio; si aún persistiese, la mayor puntuación obtenida en el segundo ejercicio, y, por último, si
aún persistiese dicho empate, se resolverá por sorteo. Para superar el proceso selectivo deben aprobarse
todos los ejercicios que integran la convocatoria.
DÉCIMA.- RESOLUCION DE LA CONVOCATORIA.
1. Una vez finalizadas todas las pruebas, el Tribunal hará pública la relación de personas aprobadas por orden
de puntuación y remitirá al órgano convocante, una propuesta para el nombramiento como personal laboral
fijo en la plaza convocada, de quien haya obtenido la mayor puntuación total. No se podrá proponer el acceso
a la condición de personal laboral fijo de un número superior de aspirantes al de plazas convocadas, siendo
nulos de pleno derecho los acuerdos que contravengan esta limitación.
2. Con independencia de lo establecido en el párrafo anterior, los aspirantes que hayan superado los
ejercicios de la convocatoria sin haber obtenido plaza, pasarán a constituir una bolsa de trabajo con el fin de
atender a futuras necesidades de personal temporal o para su nombramiento como funcionarios interinos,
en la categoría de la plaza convocada, que pudieran producirse en este Ayuntamiento, dejando sin efecto las
bolsas de trabajo anteriores. Respecto al funcionamiento de las bolsas de trabajo se estará a lo regulado en el
Acuerdo General de Contratación del Personal Temporal.
3. Las personas seleccionadas deberán presentar en el Servicio de Recursos del Ayuntamiento de Badajoz,
dentro del plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente a aquel en que se haga pública la relación
de aprobados, los siguientes documentos acreditativos de las condiciones de capacidad y demás requisitos
exigidos en la convocatoria:
a) Fotocopia y original del DNI, pasaporte o cualquier otro documento acreditativo de la nacionalidad en vigor.
b) En el caso de aspirantes que hayan concurrido a las pruebas selectivas por tratarse de cónyuges, o
descendientes del cónyuge, de españoles o nacionales de países miembros de la Unión Europea, deberán
presentar los documentos expedidos por las autoridades competentes que acrediten el vínculo de parentesco
y una declaración jurada del español o del nacional de la Unión Europea con el que existe este vínculo, de que
no está separado de derecho de su cónyuge y, en su caso, del hecho de que el aspirante vive a sus expensas o
está a su cargo.
c) Fotocopia y original del título exigido en estas Bases, o certificación académica original que acredite haber
realizado y aprobado los estudios completos necesarios para la expedición del mismo.
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