Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04345/2022)
Modificación de las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de un hijo menor de tres años
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Anuncio 4345/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
Anuncio 4345/2022
Modificación de las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de un hijo menor de tres años
PROPUESTA DE ACUERDO
Primero. Aprobar la modificación de las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de un hijo
menor de tres años y de la convocatoria abierta para el ejercicio 2022.
Segundo.
1. Los preceptos afectados en las bases por la modificación aludida son los siguientes:
Base 5ª. Presentación de solicitudes, quedaría redactado como sigue:
Las solicitudes, con arreglo al modelo normalizado del anexo 1, se presentarán por los interesados según lo
establecido en la convocatoria para el ejercicio correspondiente.
A las solicitudes se acompañará la documentación que sigue, en original o copia:
DNI o Tarjeta de Residencia.
Libro de Familia.
Certificado colectivo de empadronamiento.
Declaración de no estar incurso en causa de prohibición para ser beneficiario de ayudas públicas.
En caso de separación o divorcio, sentencia judicial.
La solicitud podrá suponer el otorgamiento de autorización expresa al Ayuntamiento de Cabeza la Vaca para llevar a cabo
todas aquellas actuaciones y consultas de datos existentes o aportados por otras administraciones públicas, a los efectos de
la obtención de datos protegidos del solicitante en materia fiscal, de la Seguridad Social y del Padrón Municipal de
Habitantes, así como la declaración de estar incurso en causa de prohibición. En estos casos, el solicitante no deberá aportar
los correspondientes documentos.
2. Los preceptos afectados en la Convocatoria abierta para el ejercicio 2022 por la modificación aludida son los siguientes:
Plazo de solicitud: durante todo el ejercicio del 2022 y siempre antes del 31 de diciembre de 2022
Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios
de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https:cabezalavaca.es.
Cabeza la Vaca, a fecha de la firma electrónica.- El Alcalde-Presidente, Manuel Vázquez Villanueva.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
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PROPUESTA DE ACUERDO
Primero. Aprobar la modificación de las bases reguladoras de las ayudas municipales por nacimiento o adopción de un hijo
menor de tres años y de la convocatoria abierta para el ejercicio 2022.
Segundo.
1. Los preceptos afectados en las bases por la modificación aludida son los siguientes:
Base 5ª. Presentación de solicitudes, quedaría redactado como sigue:
Las solicitudes, con arreglo al modelo normalizado del anexo 1, se presentarán por los interesados según lo
establecido en la convocatoria para el ejercicio correspondiente.
A las solicitudes se acompañará la documentación que sigue, en original o copia:
DNI o Tarjeta de Residencia.
Libro de Familia.
Certificado colectivo de empadronamiento.
Declaración de no estar incurso en causa de prohibición para ser beneficiario de ayudas públicas.
En caso de separación o divorcio, sentencia judicial.
La solicitud podrá suponer el otorgamiento de autorización expresa al Ayuntamiento de Cabeza la Vaca para llevar a cabo
todas aquellas actuaciones y consultas de datos existentes o aportados por otras administraciones públicas, a los efectos de
la obtención de datos protegidos del solicitante en materia fiscal, de la Seguridad Social y del Padrón Municipal de
Habitantes, así como la declaración de estar incurso en causa de prohibición. En estos casos, el solicitante no deberá aportar
los correspondientes documentos.
2. Los preceptos afectados en la Convocatoria abierta para el ejercicio 2022 por la modificación aludida son los siguientes:
Plazo de solicitud: durante todo el ejercicio del 2022 y siempre antes del 31 de diciembre de 2022
Tercero. Dar al expediente la tramitación y publicidad preceptiva, mediante exposición del mismo en el tablón de anuncios
de este Ayuntamiento y en el Boletín Oficial de la Provincia.
Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento https:cabezalavaca.es.
Cabeza la Vaca, a fecha de la firma electrónica.- El Alcalde-Presidente, Manuel Vázquez Villanueva.
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