Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (04192/2022)
Bases reguladoras de la campaña bonos consumo comercio
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Ayuntamiento de Guareña

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Y en particular los referidos a:
a) No haber sido condenado/a mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener
subvenciones o ayudas públicas.
b) No haber solicitado la declaración de concurso, haber sido declarado insolvente en cualquier
procedimiento, hallarse declarado en concurso, estar sujeto a intervención judicial o haber sido inhabilitado
conforme a la Ley Concursal sin que haya concluido el periodo de inhabilitación fijado en la sentencia de
calificación del concurso.
c) No haber dado lugar, por causa de la que se le hubiere declarado culpable, a la resolución firme de
cualquier contrato celebrado con la Administración.
d) No estar incursa la persona física en alguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley 12/1995, de 11
de mayo, de Incompatibilidades de los Miembros del Gobierno de la Nación y de los Altos Cargos de la
Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal
al servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma
o en la normativa autonómica que regule estas materias.
e) Hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social
impuestas por las disposiciones vigentes.
f) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones anteriormente concedidas o no
haber justificado debidamente las mismas.
g) No haber sido sancionado administrativamente mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad
de obtener subvenciones.
h) No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.
i) Las demás previstas en la normativa que resulte de aplicación.
A.2.- En cuanto a la acreditación de encontrarse al corriente de las Obligaciones Tributarias y de Cotización a
la Seguridad Social:
Para dar cumplimiento a lo previsto en el artículo 22 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se
aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones en lo relativo a la
acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias, tanto estatales, autonómicas como locales, así
como con la Seguridad Social a los efectos de tramitar concesión de subvención por el Ayuntamiento de
Guareña y de conformidad con lo previsto en los artículos 21.1, 24.2 y 24.3 del referido Real Decreto, El abajo
firmante DECLARA BAJO SU RESPONSABILIDAD: Que se encuentra al corriente de las obligaciones tributarias,
tanto estatales, autonómicas como locales, así como con la Seguridad Social. A tal efecto Autoriza
expresamente al Ayuntamiento de Guareña para verificar este extremo de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 23.3 de la Ley General de Subvenciones.
A.3.- Declaración de responsabilidad
a) Que la persona solicitante asume el compromiso de destinar la subvención a la finalidad
prevista.
b) Que la persona solicitante se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las
personas beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre.
c) Que la persona solicitante se compromete a declarar las ayudas de mínimis que le hubiesen
sido concedidas por cualquier proyecto durante los tres últimos ejercicios fiscales, con
indicación de importe, organismo, fecha de concesión y régimen de ayudas en que se ampara,
o, en su caso, declaración de no haber recibido ninguna; así como compromiso de comunicar a
la mayor brevedad las obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud.
d) Que la persona solicitante no tiene deuda alguna con el Ayuntamiento de Guareña y que ha
justificado cualquier subvención municipal que le haya sido concedida con anterioridad,
siempre que haya finalizado el plazo de justificación.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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