Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Guareña. Área de Desarrollo Rural y Sostenibilidad (Badajoz). (04192/2022)
Bases reguladoras de la campaña bonos consumo comercio
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Ayuntamiento de Guareña

Anuncio 4192/2022

1.- El marco legal por el que se rige la convocatoria de esta subvención está constituido por la normativa que
se encuentre vigente en el momento de su concesión, a estos efectos será de aplicación:
Las presentes Bases Generales.
La ordenanza General reguladora de la Concesión de Subvenciones.
Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Ayuntamiento.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y normas de desarrollo que tengan
carácter básico o de aplicación supletoria por la Administración Local y Real Decreto 887/2006, de 21
de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la citada Ley. La Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
La Legislación Básica del Estado reguladora de la Administración Local (Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del régimen Local, Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y Texto Refundido de las
disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo
781/1986, de 18 de abril).
Ley 3/2019 de Garantía de la Autonomía Municipal de Extremadura.
Las normas de derecho privado (constituido fundamentalmente por el Código Civil).
2.- La gestión de la línea de subvención contemplada en la presente convocatoria se sujetará a los principios
de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el
cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
3.- Las dudas que surjan de la interpretación, aplicación o efectos de las presentes bases le corresponderá
resolverlas al órgano competente para la concesión de la subvención.
VIGÉSIMA.- TRATAMIENTO DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL.
De conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales:
Responsable del tratamiento de sus datos: Ayuntamiento de Guareña, único destinatario de la información aportada
voluntariamente.
Finalidad del tratamiento de los datos: Gestionar la solicitud de subvención para la campaña de consumo local
Bonos–Descuentos Comercio.
Tiempo de conservación de los datos: Durante el plazo de vigencia de este expediente. No obstante, los datos serán
conservados con fines de archivo de interés público o fines estadísticos.
Legitimación para el tratamiento de los datos: Ejercicio de los poderes públicos o competencias propias.
Cesión a terceras personas: Los datos cedidos no serán cedidos a terceras personas ajenas al Ayuntamiento de
Guareña, salvo que deban ser comunicados a otras entidades públicas por imperativo legal.
Derechos: Derecho de acceso a sus datos, solicitar su rectificación o, en su caso, cancelación, oposición o solicitar su
supresión. Podrá solicitar la limitación del tratamiento de sus datos o, en su caso, oponerse al tratamiento de los
mismos. Para ejercer los expresados derechos podrá hacerlo a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de
Guareña.
CAMPAÑA DE CONSUMO LOCAL BONOS – DESCUENTOS COMERCIO
ANEXOS
__________
ANEXO I. ACTIVIDADES EMPRESARIALES OBJETO DE SUBVENCIÓN.

Epígrafe

Descripción epígrafe

4912

Bisuteria

6533

Com.men.art.menaje, ferreteria, adorno

6536

Com.men.artículos de bricolaje

657

Com.men.instrumentos musica y accesorio

6613

Com.men. Almacenes populares

6532

Com.men.Aparatos de uso doméstico

6539

Com.men.art. Hogar ncop
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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