Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. Recursos Humanos (Badajoz). (04142/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir dos plazas de Animadores/as Turísticos vacantes en el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 4142/2022
12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el
ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta. Los aspirantes propuestos que ostenten la
condición de empleados públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos
ya acreditados.
En el caso de renuncia de cualquiera de los aspirantes propuestos se realizará nueva propuesta de nombramiento al
aspirante siguiente por orden de puntuación en el concurso de méritos.
Décima.- Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de ésta y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Recurso administrativo de reposición, ante el órgano
autor del acto, en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
en el plazo de dos meses.
Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que éstas, en su
caso, puedan proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los siguientes recursos:
Los plazos señalados se computarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de la publicación. En caso de interponer
recurso de reposición no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Undécima.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra informa a las personas interesadas en el proceso
selectivo objeto de la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero
titularidad del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la posibilidad
de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito acompañado de la fotocopia del
DNI, o documento equivalente, dirigido a la Sra. Alcaldesa, que podrá ser presentado en el Registro General del
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo. La participación
en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra para que proceda al tratamiento de
los datos personales de los aspirantes, así como a la publicación de los datos identificativos de la persona necesarios:
Nombre, apellidos y DNI en las listas de aspirantes y de puntuaciones obtenidas.»
En Fregenal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Agustina Rodríguez Martínez.
_______________
ANEXO I: SOLICITUD DEL INTERESADO
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos:
NIF:
Categoría:
Denominación del puesto:
Discapacidad:
Grado:
Sí
No
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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12 de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del personal al servicio de las
Administraciones Públicas, y/o solicitud de compatibilidad para el ejercicio de actividades privadas que se
desarrollen al margen de este Ayuntamiento.
e) Certificado médico oficial que acredite no padecer enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el
ejercicio de las funciones propias de la plaza a la que opta. Los aspirantes propuestos que ostenten la
condición de empleados públicos, estarán exentos de justificar documentalmente las condiciones y requisitos
ya acreditados.
En el caso de renuncia de cualquiera de los aspirantes propuestos se realizará nueva propuesta de nombramiento al
aspirante siguiente por orden de puntuación en el concurso de méritos.
Décima.- Recursos.
La convocatoria, sus bases y cuantos actos administrativos se deriven de la actuación de ésta y de la actuación del Tribunal,
podrán ser impugnados por los interesados en los casos y en la forma determinada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Recurso administrativo de reposición, ante el órgano
autor del acto, en el plazo de un mes y recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
en el plazo de dos meses.
Las resoluciones de los Tribunales de selección vinculan a las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que éstas, en su
caso, puedan proceder a su revisión, conforme a lo previsto en los artículos 106 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Frente a estas bases, los interesados podrán interponer potestativa y alternativamente los siguientes recursos:
Los plazos señalados se computarán de fecha a fecha a partir del día siguiente al de la publicación. En caso de interponer
recurso de reposición no se podrá interponer el contencioso-administrativo hasta que aquél sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo, no pudiendo simultanearse ambos recursos.
Undécima.- Protección de datos de carácter personal.
En cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía
de los derechos digitales, el Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra informa a las personas interesadas en el proceso
selectivo objeto de la presente convocatoria que los datos de carácter personal que faciliten serán incorporados a un fichero
titularidad del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra cuya finalidad es la selección del personal y les reconoce la posibilidad
de ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición mediante escrito acompañado de la fotocopia del
DNI, o documento equivalente, dirigido a la Sra. Alcaldesa, que podrá ser presentado en el Registro General del
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra directamente o enviado por correo postal a la dirección del mismo. La participación
en el proceso selectivo supone la autorización al Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra para que proceda al tratamiento de
los datos personales de los aspirantes, así como a la publicación de los datos identificativos de la persona necesarios:
Nombre, apellidos y DNI en las listas de aspirantes y de puntuaciones obtenidas.»
En Fregenal de la Sierra, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, María Agustina Rodríguez Martínez.
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ANEXO I: SOLICITUD DEL INTERESADO
DATOS DEL SOLICITANTE
Nombre y apellidos:
NIF:
Categoría:
Denominación del puesto:
Discapacidad:
Grado:
Sí
No
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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