Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de la Calzada. Recursos Humanos (Badajoz). (04162/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir, mediante el sistema de concurso-oposición, una plaza de Encargado de Jardinería, laboral fijo
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Ayuntamiento de Puebla de la Calzada

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práctico y teórico.
Una vez obtenida dicha puntuación, se efectuará un cálculo proporcional para que la valoración de la fase de
oposición suponga un 60% del total de la puntuación del procedimiento selectivo.
◦ Fase concurso:
La fase de concurso no tendrá carácter eliminatorio. Su valoración se realizará una vez finalizada la fase de oposición y a los
aspirantes que hubieran superado la misma. Los puntos obtenidos en fase de concurso no se pueden utilizar para superar
la fase de oposición.
La fecha de referencia para la valoración de los méritos será la de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Los méritos alegados y acreditados por los aspirantes se valorarán de acuerdo con el siguiente baremo, hasta un máximo de
10 puntos.
a) La experiencia profesional se valorará con un máximo de 6 puntos:
1. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada como personal funcionario o personal
laboral en la categoría profesional (puesto 51 RPT, encargado jardinería), hasta la fecha de terminación
del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,10 puntos por mes completo de servicios
efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y contratos), si el
porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará proporcionalmente.
2. Servicios prestados en el Ayuntamiento de Puebla de la Calzada como personal funcionario o personal
laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 8 o superior) y puesto con funciones idénticas
o similares (y superiores) a las fijadas en la RPT (puesto 51, encargado jardinería), hasta la fecha de
terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,75 puntos por mes completo de
servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa, vida laboral y
contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará
proporcionalmente.
3. Servicios prestados en Administraciones Públicas o entes del sector público como personal funcionario
o personal laboral en la categoría profesional (grupo de cotización 8 o superior) y puesto con
funciones idénticas o similares (y superiores) a las fijadas en la RPT (puesto 51, encargado jardinería),
hasta la fecha de terminación del plazo de presentación de solicitudes, se otorgarán 0,50 puntos por
mes completo de servicios efectivos a jornada completa (debiendo aportar certificados de empresa,
vida laboral y contratos), si el porcentaje de jornada fuera inferior a la jornada completa se valorará
proporcionalmente.
b) Titulación específica o superior a la requerida, se valorará con un máximo de 2 puntos:
Titulación específica o superior a la requerida relacionada con jardinería y gestión forestal, hasta un máximo
de 2 puntos: Se valorará la titulación superior a la requerida en la convocatoria con 2 puntos por título de
grado o equivalente; 1,5 puntos por título de técnico superior o equivalente, 1 punto por título de técnico
medio (o equivalente). Sólo le valorará un título, al que se otorgue mayor puntuación. Sólo se valorarán las
titulaciones que sean distintas o superiores a la requerida para el acceso a la plaza (técnico medio).
c) Cursos de formación: Los cursos se valorarán hasta un máximo de 2 puntos:
No se tendrá en cuenta la titulación ya valorada en el apartado b) anterior.
Se valorarán los títulos y/o cursos de perfeccionamiento y especialización y másteres realizados en
colaboración/convocados/financiados/impartidos por cualquier entidad del sector público/centros de
enseñanza autorizados por AAPP/asociaciones de utilidad pública, debidamente acreditados, y en los que
conste su duración, y que versen sobre materias directamente relacionadas con la plaza/puesto que se opta
(y relacionado con las materias del anexo I), atendiendo al siguiente desglose:
De 5 horas a 9 horas: 0,10 puntos.
De 10 horas a 24 horas: 0,25 puntos
De 25 horas a 59 horas: 0,50 puntos
De 60 horas a 299 horas: 0,75 puntos.
De 300 horas o más: 1,5 puntos.
Los cursos/títulos en los que no consten horas lectivas (o no figure la norma en la que conste la duración) no
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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