Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (04143/2022)
Primera resolución parcial de la convocatoria abierta de subvenciones destinadas a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Deportiva 2022
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Delegación de Cultura y Deportes
Anuncio 4143/2022
Todo lo anterior se hace público para conocimiento y efectos oportunos, indicando que contra la presente resolución, que
pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Oficial Mayor, Secretario General en funciones, Enrique Pedrero Balas.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo. Sr. Presidente de la Diputación de
Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de la misma en el Boletín Oficial
de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo
competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada, todo ello de conformidad con
lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.
Badajoz, a fecha de la firma digital.- El Oficial Mayor, Secretario General en funciones, Enrique Pedrero Balas.
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