Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valverde de Leganés. (04128/2022)
Bases reguladoras de subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en el Programa Colaborativo Rural 2021 "Valverde Green" que hayan obtenido evaluación positiva
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Ayuntamiento de Valverde de Leganés

Anuncio 4128/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Valverde de Leganés
Valverde de Leganés (Badajoz)
Anuncio 4128/2022
Bases reguladoras de subvenciones dirigidas a empresas privadas para la contratación de personas participantes en el
Programa Colaborativo Rural 2021 "Valverde Green" que hayan obtenido evaluación positiva

SUBVENCIONES DIRIGIDAS A EMPRESAS PRIVADAS PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAS PARTICIPANTES EN PROGRAMA
COLABORATIVO RURAL 2021 "VALVERDE GREEN" QUE HAYAN OBTENIDO EVALUACIÓN POSITIVA.
La concesión de ayudas regulada en estas bases se encuadra dentro de las política públicas municipales impulsadas al
amparo de lo previsto en el artículo 15 de la Ley 3/2019, de 22 de enero, de garantía de la autonomía municipal de
Extremadura que recoge la competencia municipal en el Desarrollo local económico y social y políticas de fomento o planes
locales de empleo. Esta iniciativa viene determinada por el compromiso de la corporación municipal de facilitar la
contratación de los alumnos que han participado en el Proyecto Colaborativo Rural "Valverde Green".
Las convocatorias que se acojan a estas bases reguladoras se financiarán con fondos propios procedentes del capítulo IV de
gastos del presupuesto general de la corporación para el ejercicio 2022.
Lo dispuesto en las presentes bases cumple con lo previsto en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en relación con la adecuación a los principios de
buena regulación. Responde a los principios de necesidad y eficacia, con el claro objetivo de fomentar la contratación de
personas desempleadas que han participado en el proyecto de formación y que tiene como finalidad la inserción de estos
alumnos en el mundo laboral.
El programa de escuelas profesionales duales de Extremadura, así como los compromisos de contratación post-programas
se establecen como pilar fundamental para:
Favorecer el retorno al mercado laboral, de las personas desempleadas.
Desarrollar acciones que favorecen el aumento de la empleabilidad, mediante la formación, capacitación y
experiencia profesional de nuevos oficios.
Refuerzo y aumento de las capacidades básicas de las personas desempleadas y el desarrollo de las competencias
genéricas que les facilite la búsqueda activa de empleo.
Trabajar en el desarrollo de las competencias técnicas específicas propias de nuevas ocupaciones o puestos de
trabajo.
Mejorar las condiciones de vida de la población, mediante la vinculación de los RRHH con la actividad económica y la
mejora de la competitividad del tejido empresarial de cada comarca.
Responder y cubrir la demanda actual y futura del mercado de trabajo.
También se satisface el principio de proporcionalidad, siendo un requerimiento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, la
aprobación de unas bases reguladoras. De la misma manera, se cumple con el principio de seguridad jurídica,
incardinándose en el ordenamiento jurídico establecido, en materia de subvenciones. El principio de transparencia se
cumple en la medida en que en el preámbulo se identifican con claridad los objetivos de la norma. Por último, resulta
conforme al principio de eficiencia dado que no se establecen cargas innecesarias más allá de las estrictamente necesarias
en un procedimiento de otorgamiento de las subvenciones.
Artículo 1.- Objeto.
El objeto de estas bases reguladoras, que dan cumplimiento a lo establecido en el artículo 17 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, es establecer, en régimen de publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, las
bases y las condiciones para la concesión de subvenciones en concepto de ayudas dirigidas a la contratación de jóvenes
participantes en el proyecto: Programa Colaborativo "Valverde Green" (número expediente 06/CR/053/21).
Artículo 2.- Finalidad de las ayudas.
La finalidad que se pretende con estas subvenciones de ayudas es que las personas desempleadas no ocupadas tras acabar
la formación con cargo al Proyecto Colaborativo Rural "Valverde Green".
Artículo 3.- Los beneficiarios y sus requisitos.
A los efectos de estas bases, podrán tener la condición de beneficiarias de la correspondiente convocatoria, en los términos
que la misma establezcan, y siempre que cumplan con los requisitos y condiciones exigidos en cada caso, las empresas,
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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