Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra. (03957/2022)
Bases y convocatoria excepcional en el marco del proceso de estabilización de empleo temporal por concurso para cubrir seis plazas de Limpiadores/as colegios públicos
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Anuncio 3957/2022
Relación de méritos alegados:
Por todo lo cual, solicito que, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público se admita esta
solicitud para el proceso de estabilización temporal.
Deber de informar a los interesados sobre protección de datos
He sido informado de que este Ayuntamiento va a tratar y guardar los datos aportados en la instancia y en la
documentación que le acompaña para la tramitación y gestión de expedientes administrativos.
Responsable:
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Finalidad principal: Tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones administrativas derivadas de
estos.
Legitimación:
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
conferidos al responsable del tratamiento: Artículo 55 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
Destinatarios:
No hay previsión de transferencias a terceros países.
Derechos:
Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como cualesquiera otros derechos
que les correspondan, tal y como se explica en la información adicional
FECHA Y FIRMA
Declaro bajo mi responsabilidad que los datos facilitados son ciertos.
En ___________________________, a __________ de __________ de 20__.
El solicitante,
Fdo.: _________________
Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios,
para mayor difusión, antes de 31 de diciembre de 2022.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la
Alcaldía de este Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz que por turno corresponda, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
pertinente.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Por todo lo cual, solicito que, de conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional octava de la Ley 20/2021,
de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público se admita esta
solicitud para el proceso de estabilización temporal.
Deber de informar a los interesados sobre protección de datos
He sido informado de que este Ayuntamiento va a tratar y guardar los datos aportados en la instancia y en la
documentación que le acompaña para la tramitación y gestión de expedientes administrativos.
Responsable:
Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra
Finalidad principal: Tramitación, gestión de expedientes administrativos y actuaciones administrativas derivadas de
estos.
Legitimación:
Cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos
conferidos al responsable del tratamiento: Artículo 55 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto
Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre
Destinatarios:
No hay previsión de transferencias a terceros países.
Derechos:
Tiene derecho a acceder, rectificar y suprimir los datos, así como cualesquiera otros derechos
que les correspondan, tal y como se explica en la información adicional
FECHA Y FIRMA
Declaro bajo mi responsabilidad que los datos facilitados son ciertos.
En ___________________________, a __________ de __________ de 20__.
El solicitante,
Fdo.: _________________
Sra. Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra.
Los sucesivos anuncios de esta convocatoria, cuando procedan de conformidad con las bases, se publicarán en el Boletín
Oficial de la Provincia. Asimismo, se publicarán en la sede electrónica del este Ayuntamiento y, en el tablón de anuncios,
para mayor difusión, antes de 31 de diciembre de 2022.
Contra las presentes bases, que ponen fin a la vía administrativa, se puede interponer alternativamente o recurso de
reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, ante la
Alcaldía de este Ayuntamiento de Fregenal de la Sierra, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones públicas, o recurso contenciosoadministrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Badajoz que por turno corresponda, en el plazo de dos
meses a contar desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición
potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya
producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime
pertinente.
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