Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Salvaleón. Área de Fomento. Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (04106/2022)
Bases y convocatoria para la provisión del puesto de Sepulturero/Oficial de Albañilería, como personal laboral fijo, mediante concurso-oposición, incluido en la oferta de empleo público de 2022 para la estabilización del empleo temporal
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Ayuntamiento de Salvaleón
Anuncio 4106/2022
h) Implementar las medidas preventivas a adoptar de seguridad y salud con carácter general según los planes
de prevención y concretamente las medidas indicadas en los estudios y planes de seguridad y salud,
instalando los equipos de protección colectiva y verificando el uso por parte de los trabajadores de los
equipos de protección individual.
i) Supervisar, organizar y controlar, además, los trabajos correspondientes a los trabajadores de servicios
múltiples.
j) Instruir al personal a su cargo sobre la mejor forma de llevar a cabo su trabajo, resolviendo las incidencias
que surjan.
k) En general, las funciones que le encomienden respecto a las obras y servicios que afecten al Ayuntamiento,
realizando su control y supervisión dentro de su categoría profesional.
Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario
reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al
que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) En su caso, poseer la titulación exigida conforme a lo previsto en la base primera.
f) Estar en posesión del permiso de conducción tipo "B".
Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias para acceder a esta convocatoria y mantenidos durante todo el proceso selectivo,
hasta el momento de la contratación, y acreditarse, en caso de ser seleccionado, del modo indicado en las
bases de la convocatoria.
Tercera. Turno de reserva y aspirantes con discapacidad.
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas,
deberán tener reconocido por la Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento debiendo acreditar esta circunstancia en el momento de la presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios y se llevará a
cabo conforme a lo previsto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
En todo caso el grado de discapacidad que resulte acreditado habrá de ser compatible con el desempeño de las tareas y
funciones correspondiente al puesto ofertado.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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h) Implementar las medidas preventivas a adoptar de seguridad y salud con carácter general según los planes
de prevención y concretamente las medidas indicadas en los estudios y planes de seguridad y salud,
instalando los equipos de protección colectiva y verificando el uso por parte de los trabajadores de los
equipos de protección individual.
i) Supervisar, organizar y controlar, además, los trabajos correspondientes a los trabajadores de servicios
múltiples.
j) Instruir al personal a su cargo sobre la mejor forma de llevar a cabo su trabajo, resolviendo las incidencias
que surjan.
k) En general, las funciones que le encomienden respecto a las obras y servicios que afecten al Ayuntamiento,
realizando su control y supervisión dentro de su categoría profesional.
Segunda. Condiciones de admisión de aspirantes.
Para formar parte en las pruebas de selección, de acuerdo con lo establecido en el artículo 56 del Texto Refundido de la Ley
del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, será necesario
reunir las siguientes condiciones generales, en la fecha que finalice el plazo de presentación de instancias:
a) Tener la nacionalidad española Estado o de otro Estado miembro de la Unión Europea o de un Estado al
que le sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, en los términos establecidos en el artículo 57 del
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa, para el
acceso al empleo público.
d) No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las
administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni
hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el
acceso al cuerpo o escala de funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desempeñaban en el
caso del personal laboral, en el que hubiese sido separado o inhabilitado. En el caso de ser nacional de otro
Estado, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o
equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos el acceso al empleo público.
e) En su caso, poseer la titulación exigida conforme a lo previsto en la base primera.
f) Estar en posesión del permiso de conducción tipo "B".
Todos los requisitos precedentes deberán ser reunidos por los aspirantes el día en que finalice el plazo de
presentación de instancias para acceder a esta convocatoria y mantenidos durante todo el proceso selectivo,
hasta el momento de la contratación, y acreditarse, en caso de ser seleccionado, del modo indicado en las
bases de la convocatoria.
Tercera. Turno de reserva y aspirantes con discapacidad.
No se establece un turno de reserva en el presente proceso selectivo.
En el caso de aspirantes con discapacidad que soliciten adaptación de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas,
deberán tener reconocido por la Administración competente un grado de discapacidad igual o superior al treinta y tres por
ciento debiendo acreditar esta circunstancia en el momento de la presentación de la solicitud.
La adaptación de tiempos consistirá en la concesión de un tiempo adicional para la realización de los ejercicios y se llevará a
cabo conforme a lo previsto en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen criterios generales para la
adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con
discapacidad.
En todo caso el grado de discapacidad que resulte acreditado habrá de ser compatible con el desempeño de las tareas y
funciones correspondiente al puesto ofertado.
Cuarta. Forma y plazo de presentación de instancias.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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