Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Recursos Humanos (Badajoz). (04008/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir en propiedad una plaza de Agente de Empleo y Desarrollo Local, personal funcionario, en turno libre por el sistema concurso, dentro del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Don Benito
Anuncio 4008/2022
EXPERIENCIA LABORAL
a) Por el desempeño en el Ayuntamiento de
Don Benito del puesto de trabajo de la
categoría convocada, de Agente de Empleo y
Desarrollo Local, como personal funcionario
interino, personal laboral fijo, o temporal, o
personal laboral indefinido no fijo, en base a
lo establecido en la disposición adicional
sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Para determinar el mérito de la experiencia
profesional en este apartado, se computará
la antigüedad de los últimos 13 años,
calculados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
0,04 puntos por cada mes completo
de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos
inferiores por días. A estos efectos,
los meses se considerarán de 30
días.
Máximo 5 puntos.
Este extremo se justificará de
oficio por el propio
Ayuntamiento que lo remitirá
al Tribunal de Selección.
b) Por el desempeño del puesto de trabajo de
la categoría convocada, de Agente de empleo
y desarrollo local, como personal funcionario
interino, personal laboral fijo o temporal, o
personal laboral indefinido no fijo, en
cualquier otra Administración o entidad
pública.
0,02 puntos por cada mes completo
de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos
inferiores por días. A estos efectos,
los meses se considerarán de 30
días.
Máximo 1 punto.
Este extremo se justificará por
el aspirante, mediante
certificado acreditativo de los
mismos, certificados de
empresa, o contratos
acompañados con informe de
vida laboral actualizado, que
deberán presentarse junto con
la solicitud.
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o
que se encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo de Agente de Empleo y Desarrollo Local a
cubrir.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean
varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Solo se tendrán en cuenta los cursos homologados impartidos por organismos públicos, o entidades colaboradoras,
directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
La puntuación máxima en este apartado será de: 4 puntos.
Duración
Puntos
Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como
recibida: (Cursos de perfeccionamiento, másters, congresos y
jornadas) incluidos en los planes de formación continua de las
Administraciones Públicas, o cursos de organismos públicos o
entidades colaboradoras, públicas o privadas, directamente
relacionada con el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria,
en el sumatorio del cálculo global, computándose
proporcionalmente las fracciones de duración inferior.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas
para la obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será
de 10 horas por cada crédito tradicional y de 25 horas por cada
crédito ECT.
0,10
Documentos justificativos
Copia compulsada del diploma de
asistencia al curso en el que figure el
nombre de la persona, en calidad de
alumno activo, o docente, y el número
de horas de duración, o certificado de la
entidad organizadora.
No se valorarán los cursos que no
justifiquen sus horas de duración.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Don Benito del puesto de trabajo de la
categoría convocada, de Agente de Empleo y
Desarrollo Local, como personal funcionario
interino, personal laboral fijo, o temporal, o
personal laboral indefinido no fijo, en base a
lo establecido en la disposición adicional
sexta de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre,
de medidas urgentes para la reducción de la
temporalidad en el empleo público.
Para determinar el mérito de la experiencia
profesional en este apartado, se computará
la antigüedad de los últimos 13 años,
calculados hasta la fecha de finalización del
plazo de presentación de solicitudes.
0,04 puntos por cada mes completo
de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos
inferiores por días. A estos efectos,
los meses se considerarán de 30
días.
Máximo 5 puntos.
Este extremo se justificará de
oficio por el propio
Ayuntamiento que lo remitirá
al Tribunal de Selección.
b) Por el desempeño del puesto de trabajo de
la categoría convocada, de Agente de empleo
y desarrollo local, como personal funcionario
interino, personal laboral fijo o temporal, o
personal laboral indefinido no fijo, en
cualquier otra Administración o entidad
pública.
0,02 puntos por cada mes completo
de servicios, computándose
proporcionalmente los períodos
inferiores por días. A estos efectos,
los meses se considerarán de 30
días.
Máximo 1 punto.
Este extremo se justificará por
el aspirante, mediante
certificado acreditativo de los
mismos, certificados de
empresa, o contratos
acompañados con informe de
vida laboral actualizado, que
deberán presentarse junto con
la solicitud.
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA
Por cursos de perfeccionamiento, congresos y jornadas que complemente las competencias del empleado público, o
que se encuentren relacionados directamente o con el puesto de trabajo de Agente de Empleo y Desarrollo Local a
cubrir.
Se valorará, únicamente, ya sea por asistir o por impartir, una única edición del curso o acción formativa cuando sean
varias coincidentes dentro del mismo año en cuanto a su contenido.
Solo se tendrán en cuenta los cursos homologados impartidos por organismos públicos, o entidades colaboradoras,
directamente relacionados con los cometidos del puesto de trabajo objeto de esta convocatoria.
La puntuación máxima en este apartado será de: 4 puntos.
Duración
Puntos
Por cada 10 horas de formación específica tanto impartida como
recibida: (Cursos de perfeccionamiento, másters, congresos y
jornadas) incluidos en los planes de formación continua de las
Administraciones Públicas, o cursos de organismos públicos o
entidades colaboradoras, públicas o privadas, directamente
relacionada con el puesto de trabajo objeto de esta convocatoria,
en el sumatorio del cálculo global, computándose
proporcionalmente las fracciones de duración inferior.
A efectos de formación, no se tendrán en cuenta las prácticas
para la obtención del curso objeto de baremación.
Si la duración viniera determinada en créditos, el equivalente será
de 10 horas por cada crédito tradicional y de 25 horas por cada
crédito ECT.
0,10
Documentos justificativos
Copia compulsada del diploma de
asistencia al curso en el que figure el
nombre de la persona, en calidad de
alumno activo, o docente, y el número
de horas de duración, o certificado de la
entidad organizadora.
No se valorarán los cursos que no
justifiquen sus horas de duración.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
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