Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Cabeza la Vaca. (03977/2022)
Delegación de funciones de la Alcaldía en el Primer Teniente de Alcalde
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Ayuntamiento de Cabeza la Vaca

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Cabeza la Vaca
Cabeza la Vaca (Badajoz)
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Delegación de funciones de la Alcaldía en el Primer Teniente de Alcalde

Por Decreto de Alcaldía de fecha 12 de septiembre actual, se ha resuelto lo siguiente:
"Dado que el abajo firmante Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento no va a poder ejercer las atribuciones que le
corresponden desde el día 13 al 18 de septiembre de 2022, por asuntos personales.
En base a lo dispuesto por los artículos 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases del Régimen Local, y 44 y
47 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto
25/681986, de 28 de noviembre; y la atribución que me confiere el artículo 21.1 a) y r) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
reguladora de las bases del Régimen Local,
RESUELVO:
1.- Delegar las funciones y atribuciones propias de la Alcaldía en la persona de doña María del Carmen Maya Santana,
Primera Teniente de la Alcaldía.
2.- Durante este periodo de sustitución, la referida persona ejercerá las funciones y atribuciones delegadas a título de
Alcaldesa en funciones.
3.- En el supuesto que el abajo firmante, Alcalde, se reincorporase a sus funciones antes de haber transcurrido el periodo
expresado en el apartado número 1 de la parte resolutiva de este Decreto, la presente delegación quedaría
automáticamente revocada.
4.- Dar cuenta al Pleno de la presente resolución en la primera sesión que este Órgano celebre.
5.- Disponer la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Provincia.
Lo manda y firma don Manuel Vázquez Villanueva, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Cabeza la Vaca, a fecha de firma
electrónica."
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponerse alternativamente recurso de
reposición potestativo ante el Alcalde de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso contencioso
administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Badajoz, en el plazo de dos meses, a contar desde el día
siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la
Jurisdicción Conteciosa–Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá
interponerse recurso contencioso administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su
desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que se pueda interponer cualquier otro recurso que se pudiera estimar
más conveniente a derecho.
Cabeza la Vaca, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Vázquez Villanueva.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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