Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villafranca de los Barros. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (03880/2022)
Extracto de 31 de agosto de 2022 por el que se convocan subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo
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Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Anuncio 3880/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Villafranca de los Barros
Villafranca de los Barros (Badajoz)
Anuncio 3880/2022
Extracto de 31 de agosto de 2022 por el que se convocan subvenciones para proyectos de cooperación al desarrollo
EXTRACTO DE 31 DE AGOSTO POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL
DESARROLLO
BDNS (Identif.): 646644
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/646644).
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 31 de agosto de 2022, aprobó la convocatoria de subvenciones,
concurrencia competitiva ordinaria para proyectos de cooperacion al desarrollo del Ayuntamiento de Villafranca de los
Barros para el año 2022, para la cofinanciación de acciones de cooperación en los países en vías de desarrollo (PVD), con las
condiciones y características que se transcriben en extracto:
1.- Entidad adjudicadora.
Organismo: Ayuntamiento de Villafranca de los Barros (Badajoz).
Dependencia que tramita el expediente: Intervención Municipal.
Número de expediente: 2022/35/S999.
2.- Personas/entidades beneficiarias y requisitos.
Podrán solicitar subvención las organizaciones o entidades no gubernamentales sin ánimo de lucro cuyas actividades
coincidan con el objeto de esta convocatoria y que mantengan presencia y actividad en Villafranca de los Barros. Dicha
presencia y actividad se mide por medio de los criterios que figuran en el anexo I, debiendo cumplirse con el número
mínimo de cuatro.
Quedan excluidas como beneficiarias:
Las entidades que incumplan los requisitos expuestos en las bases generales,
Las instituciones y servicios dependientes del Estado, las administraciones autonómicas, las diputaciones y
demás administraciones locales,
Las empresas u otras entidades con ánimo de lucro.
La entidad solicitante deberá detallar y documentar el cumplimiento de cuatro de los requisitos estipulados
en el anexo I de estas bases.
Una misma entidad sólo podrá presentar una solicitud a la presente convocatoria.
3.- Proyectos subvencionables y abono.
1. Proyecto subvencionable: Los criterios relacionados en la base séptima de la convocatoria.
2. Abono: Se realizará mediante pago anticipado, con carácter previo a la justificación.
4.- Cuantías máximas de la subvención.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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EXTRACTO DE 31 DE AGOSTO POR EL QUE SE CONVOCAN SUBVENCIONES PARA PROYECTOS DE COOPERACIÓN AL
DESARROLLO
BDNS (Identif.): 646644
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/646644).
La Junta de Gobierno Local, en sesión celebrada el 31 de agosto de 2022, aprobó la convocatoria de subvenciones,
concurrencia competitiva ordinaria para proyectos de cooperacion al desarrollo del Ayuntamiento de Villafranca de los
Barros para el año 2022, para la cofinanciación de acciones de cooperación en los países en vías de desarrollo (PVD), con las
condiciones y características que se transcriben en extracto:
1.- Entidad adjudicadora.
Organismo: Ayuntamiento de Villafranca de los Barros (Badajoz).
Dependencia que tramita el expediente: Intervención Municipal.
Número de expediente: 2022/35/S999.
2.- Personas/entidades beneficiarias y requisitos.
Podrán solicitar subvención las organizaciones o entidades no gubernamentales sin ánimo de lucro cuyas actividades
coincidan con el objeto de esta convocatoria y que mantengan presencia y actividad en Villafranca de los Barros. Dicha
presencia y actividad se mide por medio de los criterios que figuran en el anexo I, debiendo cumplirse con el número
mínimo de cuatro.
Quedan excluidas como beneficiarias:
Las entidades que incumplan los requisitos expuestos en las bases generales,
Las instituciones y servicios dependientes del Estado, las administraciones autonómicas, las diputaciones y
demás administraciones locales,
Las empresas u otras entidades con ánimo de lucro.
La entidad solicitante deberá detallar y documentar el cumplimiento de cuatro de los requisitos estipulados
en el anexo I de estas bases.
Una misma entidad sólo podrá presentar una solicitud a la presente convocatoria.
3.- Proyectos subvencionables y abono.
1. Proyecto subvencionable: Los criterios relacionados en la base séptima de la convocatoria.
2. Abono: Se realizará mediante pago anticipado, con carácter previo a la justificación.
4.- Cuantías máximas de la subvención.
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