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Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
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Ayuntamiento de Retamal de Llerena

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
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Ayuntamiento de Retamal de Llerena
Retamal de Llerena (Badajoz)
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Aprobación provisional de la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Incremento de Valor de los
Terrenos de Naturaleza Urbana

APROBACIÓN PROVISIONAL
MODIFICACIÓN ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE EL INCREMENTO DE VALOR DE LOS TERRENOS DE
NATURALEZA URBANA
El Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de agosto de 2022, acordó la aprobación provisional
de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el incremento de valor de los terrenos de
naturaleza urbana. Dicha modificación consiste en añadir el siguiente párrafo al final del artículo 6.4 de la Ordenanza
vigente:
"Cuando estos coeficientes, que reflejan la realidad del mercado inmobiliario, sean actualizados de forma
anual por una Norma de rango legal, modificarán de manera automática los previstos por esta Ordenanza
fiscal, siendo estos sustituidos por aquellos aprobados por dicha Norma."
En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el Texto
Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se somete el expediente a información pública por plazo de
treinta días, a contar desde el siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que los
interesados puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Durante dicho plazo el expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que
se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.
Si transcurrido dicho plazo no se hubiesen presentado reclamaciones, se considerará aprobado definitivamente dicho
acuerdo.
En Retamal de Llerena, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Juan Diego Caballero Murillo.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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