Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Zafra. Recursos Humanos (Badajoz). (03745/2022)
Bases de la convocatoria para la constitución de bolsa de empleo de carácter temporal dentro del Programa de Activación del Empleo Municipal del Ayuntamiento de Zafra para la categoría de Pinches de Cocina
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Zafra
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3.- Valoración de la formación: Por horas de formación realizados que tenga relación directa
con el puesto, se valorará:
- De 15 a 50 horas: 1 punto.
- De 51 a 100 horas: 2 puntos.
- De 101 a 200 horas: 3 puntos.
- Más de 200 horas: 4 puntos.
Total fase de concurso: Suma 1+2+3.
B.- Fase de oposición:
4.- Valoración de la prueba: Se realizará una prueba de adecuación al puesto teórica y práctica
a criterio del Tribunal Calificador, con una valoración máxima de 10 puntos, según temario
recogido en el anexo II de estas bases.
La puntuación total será la suma obtenida de los puntos 1 al 4.
Decimoprimera.- Desarrollo de las pruebas.
1. En la prueba la comparecencia de los/as aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único para
cada uno de los turnos, resultando la exclusión de quienes no comparezcan en el acto. No obstante, en caso
de asistencia masiva a pruebas de realización simultánea, el Tribunal podrá decidir un segundo llamamiento
acto seguido para la correcta acomodación de todas las personas.
2. En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes la acreditación de su
identidad.
3. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos/as en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan
conocer la identidad del aspirante, cuando estos sean de corrección anónima.
4. El Tribunal sumará el resultado de cada prueba a cada una de las solicitudes presentadas, elaborando lista
provisional de cada categoría convocada, exponiéndose en el tablón de anuncios, en el tablón electrónico de
anuncios del Ayuntamiento de Zafra, accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra o desde el
buscador del portal www.zafra.es y en el tablón físico de anuncios.
5. Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de dos días hábiles para formular alegaciones o dirigir
reclamaciones al Tribunal sobre el contenido y puntuación de las pruebas, a contar desde el día siguiente a la
publicación por el Tribunal de la relación de personas aprobadas en el tablón electrónico de anuncios del
Ayuntamiento de Zafra.
Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal en sus deliberaciones.
Decimosegunda.- Presentación de documentación:
Las personas que sean candidatas a ocupar un puesto de trabajo, una vez realizado el llamamiento por parte de los técnicos
de la Oficina de Industria, tendrán un plazo de dos días hábiles para presentar la documentación que acredite los requisitos
recogidos y baremados en el anexo I.
Decimotercera.- Propuesta de bolsa de empleo de carácter temporal.
La durabilidad de los contratos será hasta doce meses, dependiendo de las necesidades del servicio.
Decimocuarta.- Medidas sancionadoras y de exclusión de bolsas.
Los empleados públicos quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el Título VII del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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3.- Valoración de la formación: Por horas de formación realizados que tenga relación directa
con el puesto, se valorará:
- De 15 a 50 horas: 1 punto.
- De 51 a 100 horas: 2 puntos.
- De 101 a 200 horas: 3 puntos.
- Más de 200 horas: 4 puntos.
Total fase de concurso: Suma 1+2+3.
B.- Fase de oposición:
4.- Valoración de la prueba: Se realizará una prueba de adecuación al puesto teórica y práctica
a criterio del Tribunal Calificador, con una valoración máxima de 10 puntos, según temario
recogido en el anexo II de estas bases.
La puntuación total será la suma obtenida de los puntos 1 al 4.
Decimoprimera.- Desarrollo de las pruebas.
1. En la prueba la comparecencia de los/as aspirantes será requerida de viva voz y en llamamiento único para
cada uno de los turnos, resultando la exclusión de quienes no comparezcan en el acto. No obstante, en caso
de asistencia masiva a pruebas de realización simultánea, el Tribunal podrá decidir un segundo llamamiento
acto seguido para la correcta acomodación de todas las personas.
2. En cualquier momento, los miembros del Tribunal podrán requerir a los aspirantes la acreditación de su
identidad.
3. El Tribunal excluirá a aquellos candidatos/as en cuyos ejercicios figuren marcas o signos que permitan
conocer la identidad del aspirante, cuando estos sean de corrección anónima.
4. El Tribunal sumará el resultado de cada prueba a cada una de las solicitudes presentadas, elaborando lista
provisional de cada categoría convocada, exponiéndose en el tablón de anuncios, en el tablón electrónico de
anuncios del Ayuntamiento de Zafra, accesible desde la sede electrónica del Ayuntamiento de Zafra o desde el
buscador del portal www.zafra.es y en el tablón físico de anuncios.
5. Los/las aspirantes dispondrán de un plazo de dos días hábiles para formular alegaciones o dirigir
reclamaciones al Tribunal sobre el contenido y puntuación de las pruebas, a contar desde el día siguiente a la
publicación por el Tribunal de la relación de personas aprobadas en el tablón electrónico de anuncios del
Ayuntamiento de Zafra.
Dichas alegaciones o reclamaciones serán tenidas en cuenta por el Tribunal en sus deliberaciones.
Decimosegunda.- Presentación de documentación:
Las personas que sean candidatas a ocupar un puesto de trabajo, una vez realizado el llamamiento por parte de los técnicos
de la Oficina de Industria, tendrán un plazo de dos días hábiles para presentar la documentación que acredite los requisitos
recogidos y baremados en el anexo I.
Decimotercera.- Propuesta de bolsa de empleo de carácter temporal.
La durabilidad de los contratos será hasta doce meses, dependiendo de las necesidades del servicio.
Decimocuarta.- Medidas sancionadoras y de exclusión de bolsas.
Los empleados públicos quedan sujetos al régimen disciplinario establecido en el Título VII del Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y en
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