Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Castuera. Secretaría General. Servicio de Planeamiento y Gestión (Badajoz). (03692/2022)
Exposición pública de la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
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Ayuntamiento de Castuera
Anuncio 3692/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Castuera
Castuera (Badajoz)
Anuncio 3692/2022
Exposición pública de la modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras
EXPOSICIÓN AL PÚBLICO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.
Con fecha 5 de agosto de 2022, el Pleno del Ayuntamiento de Castuera ha aprobado el dictamen por el cual se aprueba
inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras,
que literalmente se transcribe:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El actual artículo 8.1 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras contiene,
en su redacción, una serie de conceptos jurídicos indeterminados (especial interés o utilidad municipal, razones sociales,
culturales o histórico artísticas, etc.) que permiten un grado de discrecionalidad, en su aplicación, tan amplio que es, en
ocasiones, difícil motivar su concesión sin incurrir en arbitrariedad. Para garantizar la seguridad jurídica, tanto de los
administrados como de los miembros de la Corporación que tienen, en su caso, que declarar el especial interés o utilidad
municipal y motivarlo, se considera que lo más adecuado a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
transparencia y eficiencia es derogar el mencionado apartado 1.º del artículo 8 de la Ordenanza. Por todo ello, la Comisión
especial de cuentas e informativa permanente de economía acuerda aprobar el siguiente,
DICTAMEN
Único: Derogar el apartado 1.º del artículo 8 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras.
Durante un plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, los interesados podrán
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Castuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Martos Ortiz.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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EXPOSICIÓN AL PÚBLICO DE LA MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS.
Con fecha 5 de agosto de 2022, el Pleno del Ayuntamiento de Castuera ha aprobado el dictamen por el cual se aprueba
inicialmente la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras,
que literalmente se transcribe:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El actual artículo 8.1 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras contiene,
en su redacción, una serie de conceptos jurídicos indeterminados (especial interés o utilidad municipal, razones sociales,
culturales o histórico artísticas, etc.) que permiten un grado de discrecionalidad, en su aplicación, tan amplio que es, en
ocasiones, difícil motivar su concesión sin incurrir en arbitrariedad. Para garantizar la seguridad jurídica, tanto de los
administrados como de los miembros de la Corporación que tienen, en su caso, que declarar el especial interés o utilidad
municipal y motivarlo, se considera que lo más adecuado a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad,
transparencia y eficiencia es derogar el mencionado apartado 1.º del artículo 8 de la Ordenanza. Por todo ello, la Comisión
especial de cuentas e informativa permanente de economía acuerda aprobar el siguiente,
DICTAMEN
Único: Derogar el apartado 1.º del artículo 8 de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras.
Durante un plazo de 30 días, a contar desde el día siguiente a la publicación de este acuerdo, los interesados podrán
examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
Castuera, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Francisco Martos Ortiz.
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