Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Fuente de Cantos. (03699/2022)
Bases por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión mediante concurso oposición por promoción interna, para una plaza de Administrativo Tesorero
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Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Anuncio 3699/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Fuente de Cantos
Fuente de Cantos (Badajoz)
Anuncio 3699/2022
Bases por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión mediante concurso oposición por promoción interna, para
una plaza de Administrativo Tesorero
Por resolución de Alcaldía de fecha de 19 de agosto del corriente, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una
plaza de Administrativo Tesorero en el municipio de Fuente de Cantos, mediante el sistema de concurso-oposición, por
promoción interna.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES GENERALES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
POR PROMOCIÓN INTERNA, EN RÉGIMEN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, DE LA PLAZA VACANTE DE
ADMINISTRATIVO TESORERO EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS
Primera. Normas generales.
1.- El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de selección para la provisión en
propiedad de la plaza de Administrativo Tesorero, perteneciente al grupo de clasificación "C", subgrupo "C1",
escala: Administración General, subescala: Administrativo dotada con las retribuciones correspondientes al
grupo y subgrupo indicados e incluida en la oferta de empleo público para el año 2022.
2.- Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases generales, el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las
reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios
de la Administración Local.
3. El procedimiento de selección será el concurso-oposición por promoción interna.
4. Las personas aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que
son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la
normativa vigente en la materia.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación:
1.- Declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los siguientes requisitos exigidos, referidos a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las responsabilidades en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de
discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de esta con el desempeño de las tareas de la
plaza a la que se pretende acceder.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Bases por las que se regirá el proceso selectivo para la provisión mediante concurso oposición por promoción interna, para
una plaza de Administrativo Tesorero
Por resolución de Alcaldía de fecha de 19 de agosto del corriente, se aprobaron las bases y la convocatoria para cubrir una
plaza de Administrativo Tesorero en el municipio de Fuente de Cantos, mediante el sistema de concurso-oposición, por
promoción interna.
Se adjuntan las bases reguladoras que regirán la convocatoria:
BASES GENERALES POR LAS QUE SE REGIRÁ EL PROCESO SELECTIVO PARA LA PROVISIÓN MEDIANTE CONCURSO-OPOSICIÓN
POR PROMOCIÓN INTERNA, EN RÉGIMEN DE PERSONAL FUNCIONARIO DE CARRERA, DE LA PLAZA VACANTE DE
ADMINISTRATIVO TESORERO EN LA PLANTILLA DEL AYUNTAMIENTO DE FUENTE DE CANTOS
Primera. Normas generales.
1.- El objeto de las presentes bases es la regulación del procedimiento de selección para la provisión en
propiedad de la plaza de Administrativo Tesorero, perteneciente al grupo de clasificación "C", subgrupo "C1",
escala: Administración General, subescala: Administrativo dotada con las retribuciones correspondientes al
grupo y subgrupo indicados e incluida en la oferta de empleo público para el año 2022.
2.- Las pruebas selectivas se regirán, además de por lo establecido en estas bases generales, el Real Decreto
Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del Estatuto Básico del
Empleado Público, la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Real Decreto
Legislativo 781/1986, de 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de las disposiciones legales
vigentes en materia de Régimen Local, el Real Decreto 896/1991, de 7 de junio, por el que se aprueban las
reglas básicas y programas mínimos a que debe ajustarse el procedimiento de selección de los Funcionarios
de la Administración Local.
3. El procedimiento de selección será el concurso-oposición por promoción interna.
4. Las personas aspirantes otorgan su consentimiento al tratamiento de los datos de carácter personal que
son necesarios para tomar parte en el presente proceso selectivo, de conformidad con lo establecido en la
normativa vigente en la materia.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
Para la admisión en las pruebas selectivas bastará con que quienes soliciten su participación:
1.- Declaren en su instancia que reúnen todos y cada uno de los siguientes requisitos exigidos, referidos a la
fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, sin perjuicio de las responsabilidades en que
pudieran incurrir por inexactitudes o falsedades en la misma:
a) Tener la nacionalidad española, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 57 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido del
Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. En el supuesto de
discapacidad deberá acreditarse la compatibilidad de esta con el desempeño de las tareas de la
plaza a la que se pretende acceder.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación
forzosa.
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