Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. (03639/2022)
Bases para la cobertura en propiedad de una plaza de Administrativo, a seleccionar por promoción interna, correspondiente a la oferta de empleo público 2021
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Ayuntamiento de Almendralejo

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4.º.- Retribución. Estará dotado con las retribuciones básicas correspondientes al subgrupo C2 y demás
retribuciones complementarias, asignadas a los puestos a los que se adscriban, conforme a la vigente RPT.
5.º.- Régimen de incompatibilidad. Estará sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
6.º.- Publicidad. Las bases de la presente convocatoria, así como todos sus anexos, se podrán consultar tanto
en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento como en la página web www.almendralejo.es dentro del
apartado ofertas de empleo. También se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz.
El anuncio de la convocatoria se publicará, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado y en el Diario Oficial de
Extremadura.
7.º.- Normativa de aplicación. En lo no previsto en las bases, se regirá por el vigente Acuerdo Regulador de las
condiciones de trabajo de los empleados públicos (DOE 17 de septiembre de 2018), la Ley 13/2015, de 8 de
abril, de Función Pública de Extremadura; el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado
Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre; el Real Decreto 896/1991, de 7 de
junio, por el que se establecen las reglas básicas y los programas mínimos a que debe ajustarse el
procedimiento de selección de los funcionarios de Administración Local; el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y
Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado aprobado por el
Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; en la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen
Local, la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas y la Ley 40/2015, de 1 octubre, Régimen Jurídico del Sector Público y demás normas concordantes de
aplicación.
Segunda.- Requisitos de las personas aspirantes.
1.º.- Requisitos. Para poder participar en este proceso selectivo es necesario reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la condición de personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Almendralejo,
perteneciente a la escala de la Administración General, subescala Auxiliar, subgrupo C2; según
el artículo 76 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, y haber
prestado, al menos, dos años de servicios efectivos en puestos reservados a esa subescala y
subgrupo.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) No estar incurso en procedimiento disciplinario por falta grave o muy grave, ni estar
cumpliendo la sanción por dichas faltas, así como no haber sido separado del servicio de
cualquiera de las administraciones públicas, en virtud de expediente disciplinario, ni hallarse
inhabilitado para el ejercicio de la función pública.
d) Estar en posesión del titulaciones o haber finalizado los estudios y abonados los derechos
correspondientes para su obtención, de Bachiller o Técnico Superior de Formación Profesional
o equivalentes o tener una antigüedad de diez años en el subgrupo C2 o cinco años y la
superación de un curso específico de formación.
En el caso de aportar un título equivalente a los exigidos, se deberá acompañar certificado
expedido por el Consejo Nacional de Educación, o cualquier otro competente en la materia,
que acredite la citada equivalencia. En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberá
acreditarse su homologación por el Ministerio de Educación o cualquier otro órgano de la
Administración competente para ello.
2.º.- Fecha de cumplimiento de requisitos. Todos los requisitos establecidos en el punto anterior deberán
cumplirse a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes para participar en el proceso
selectivo. Igualmente, deberán mantenerse durante todo el proceso selectivo, hasta el momento de la toma
de posesión, y acreditarse, en caso de resultar seleccionados, del modo indicado en las bases de la
convocatoria.
Tercera.- Forma y plazo de presentación de solicitudes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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