Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Burguillos del Cerro. (03631/2022)
Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto
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Ayuntamiento de Burguillos del Cerro

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Burguillos del Cerro
Burguillos del Cerro (Badajoz)
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Convocatoria para nombramiento de Juez de Paz sustituto

Expediente número: 303/2022.
Bando de Alcaldía-Presidencia.
Procedimiento: Juzgado de Paz.
Fecha de iniciación: 29/07/2022.
BANDO DE LA ALCALDÍA-PRESIDENCIA
Manuel Lima Díaz, Alcalde de este Ayuntamiento,
Hago saber: Que está previsto que en el mes de octubre de 2022, quede vacante el cargo de Juez de Paz sustituto.
Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir las personas para ser nombradas Juez de Paz, titular y sustituto de este
Municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder
Judicial y artículo 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los Jueces de Paz.
Que se abre un plazo de quince días hábiles para que las personas que estén interesadas, y reúnan las condiciones legales
lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
Las solicitudes se presentarán en el Registro de entrada de este Ayuntamiento o bien mediante el procedimiento que regula
el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas, a la que se habrá de acompañar la siguiente documentación:
Copia DNI.
Certificado de antecedentes penales.
Declaración responsable de no estar incurso en causa de incompatibilidad o incapacidad.
Declaración responsable sobre la profesión actual.
Certificado médico de no padecer enfermedad o menoscabo físico o psíquico que imposibilite el desempeño del
cargo
El modelo de instancia se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias municipales de la Corporación
donde podrán ser presentadas dentro del plazo establecido. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede
electrónica de este Ayuntamiento [http://burguillosdelcerro.sedelectronica.es].
En el supuesto de que la persona interesada desempeñe actualmente el cargo de Juez de Paz titular o sustituto, al estar
actuando y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 28.2 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, únicamente deberá presentar su solicitud, sin que sea exigible la
aportación del resto de documentos.
Que en caso de no presentarse solicitudes, el Pleno de la Corporación elegirá libremente, de acuerdo con lo previsto en el
artículo 101.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y el artículo 4 y 6 del Reglamento 3/1995, de 7 de
junio, de los Jueces de Paz, comunicando el acuerdo al Juzgado de Primera Instancia del partido.
Lo que se publica para general conocimiento.
Burguillos del Cerro, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Lima Díaz.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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