Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Alconchel. Área de Recursos Humanos y Régimen Interior. Servicio de Administración de Recursos Humanos (Badajoz). (03512/2022)
Delegación de funciones
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de Alconchel
Anuncio 3512/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alconchel
Alconchel (Badajoz)
Anuncio 3512/2022
Delegación de funciones
DECRETO DE ALCADÍA
Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de
su nombramiento, al Alcalde en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio
de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en al Alcaldía hasta que
tome posesión el nuevo Alcalde.
Visto que durante los días 22 de agosto al 5 de septiembre de 2022, ambos incluidos, el Sr. Alcalde se encontrará ausente
del municipio por vacaciones.
Por todo ello, en uso de las facultades establecidas en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, y 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tengo a bien decretar:
Primero.- Delegar en el segundo Teniente de Alcalde, don Luis Torvisco Rodríguez, el ejercicio de las
atribuciones establecidas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, conforme al artículo 47 del ROF, dado que la
primera Teniente de Alcalde por motivos perfectamente justificados, no puede en la fecha mencionada
desempeñar la delegación.
Segundo.- La delegación de Alcaldía comprende tanto las facultades de dirección y gestión como la de
resolver los procedimientos administrativos mediante actos administrativos que afecten a terceros, recogidas
en el artículo 43 y 48 del ROF.
Tercero.- Conforme al artículo 44.2 del ROF la delegación conferida surtirá efectos, por motivos vacacionales,
desde el día 22 de agosto al 5 de septiembre de 2022, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Cuarto.- Notificar al órgano delegado la delegación conferida, remitir el correspondiente anuncio al Boletín
Oficial de la Provincia para su inserción y general conocimiento y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la
primera sesión que éste celebre, conforme a lo previsto en el artículo 44.4 del ROF.
Quinto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Alconchel, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Óscar Díaz Hernández.- Ante mi, la Secretaria-Interventora,
Agustina Soto Mogío.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3
Anuncio 3512/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Alconchel
Alconchel (Badajoz)
Anuncio 3512/2022
Delegación de funciones
DECRETO DE ALCADÍA
Visto que corresponde a los Tenientes de Alcalde, en cuanto tales, sustituir en la totalidad de sus funciones y por el orden de
su nombramiento, al Alcalde en los casos de ausencia, enfermedad o impedimento que imposibilite a éste para el ejercicio
de sus atribuciones, así como desempeñar las funciones del Alcalde en los supuestos de vacante en al Alcaldía hasta que
tome posesión el nuevo Alcalde.
Visto que durante los días 22 de agosto al 5 de septiembre de 2022, ambos incluidos, el Sr. Alcalde se encontrará ausente
del municipio por vacaciones.
Por todo ello, en uso de las facultades establecidas en el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las
Bases de Régimen Local, y 43 y siguientes del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, tengo a bien decretar:
Primero.- Delegar en el segundo Teniente de Alcalde, don Luis Torvisco Rodríguez, el ejercicio de las
atribuciones establecidas en el artículo 21.3 de la Ley 7/1985, conforme al artículo 47 del ROF, dado que la
primera Teniente de Alcalde por motivos perfectamente justificados, no puede en la fecha mencionada
desempeñar la delegación.
Segundo.- La delegación de Alcaldía comprende tanto las facultades de dirección y gestión como la de
resolver los procedimientos administrativos mediante actos administrativos que afecten a terceros, recogidas
en el artículo 43 y 48 del ROF.
Tercero.- Conforme al artículo 44.2 del ROF la delegación conferida surtirá efectos, por motivos vacacionales,
desde el día 22 de agosto al 5 de septiembre de 2022, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la
Provincia y en el tablón de anuncios de este Ayuntamiento.
Cuarto.- Notificar al órgano delegado la delegación conferida, remitir el correspondiente anuncio al Boletín
Oficial de la Provincia para su inserción y general conocimiento y dar cuenta al Pleno de la Corporación en la
primera sesión que éste celebre, conforme a lo previsto en el artículo 44.4 del ROF.
Quinto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Reglamento de organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Alconchel, a fecha de la firma digital.- El Alcalde-Presidente, Óscar Díaz Hernández.- Ante mi, la Secretaria-Interventora,
Agustina Soto Mogío.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Página 2 de 3