Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Ribera del Fresno. Fundación Municipal de Deportes (Badajoz). (02696/2022)
Delegación de competencias de la Alcaldía
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Ayuntamiento de Ribera del Fresno

Anuncio 2696/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Ribera del Fresno
Ribera del Fresno (Badajoz)
Anuncio 2696/2022
Delegación de competencias de la Alcaldía

Habiéndose aprobado definitivamente el expediente delegación de competencias de la Sra. Alcaldesa se publica el mismo
para su general conocimiento y en cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen
jurídico de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre:
"Vista la necesidad de proceder a la sustitución de la titular de esta Alcaldía, durante la ausencia de la misma, en el periodo
de tiempo comprendido entre los días 4 a 12 de julio de 2022, ambos incluidos y, para la atención de las funciones propias
de la Alcaldía-Presidencia en dicho periodo, procede la designación de sustituto entre los tenientes de Alcalde de este
Ayuntamiento.
Por lo que antecede y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente en materia de Régimen Local y, en
particular el RD 2.568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y
Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
RESUELVO:
Primero.- Durante mi ausencia la totalidad de las funciones de la Alcaldía serán asumidas por el 1.er Teniente
de Alcalde don Antonio Domínguez Guerrero.
Segundo.- De la presente resolución se dará traslado a don Antonio Domínguez Guerrero para su
conocimiento y aceptación si procede; se publicará en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín
Oficial de la Provincia y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.
Tercero.- Establecer que los actos dictados por el delegado en ejercicio de las atribuciones que le han sido
delegadas deben indicar expresamente esta circunstancia y que se considerarán dictados por la Alcaldía de
este Ayuntamiento.
Cuarto.- En lo no previsto expresamente en esta resolución se aplicarán directamente las previsiones de la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Entidades Locales, en cuanto a las reglas que para la delegación se establecen en dichas normas.
Contra este decreto, que pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo que establece el artículo 52 de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y de acuerdo con lo que dispone el artículo 123 de la Ley 39/2015,
de 1 octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse, con carácter
previo y potestativo, recurso de reposición ante la Alcaldía de este Ayuntamiento, en el término de un mes a contar desde el
día siguiente a la recepción de su notificación, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo de Mérida, en el término de dos meses a contar desde el día siguiente a la recepción de su
notificación. No obstante, podrá interponer cualquier otro, si lo considera conveniente."
En Ribera del Fresno, a fecha de la firma digital.- La Alcaldesa, Piedad Rodríguez Castrejón.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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