Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (02653/2022)
Lista definitiva de personas admitidas y excluidas, nombramiento del Tribunal y emplazamiento a pruebas de la convocatoria de dos plazas de Ayudantes de instalaciones deportivas y una de Ayudante polideportivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Almendralejo
Anuncio 2653/2022
Apellidos y nombre
DNI
77
Rodríguez Zambrano, Juan Antonio
4478****P
78
Sánchez Cortes, Juan María
7926****K
79
Sánchez Diestro, Julián
4340****Y
80
Sánchez González, José Antonio
3397****P
81
Tena García-Moreno, Cristina
3477****Y
82
Vaca Muñoz, Ana Patricia
2895****V
83
Valladar Merchán, Luis
4478****T
84
Vargas Martín, José
3132****G
85
Vélez Pérez, Pedro Pablo
3477****L
86
Villalobos López, Alejandro
4495****H
87
Viñuela González, José María
3477****S
PERSONAS EXCLUIDAS
Apellidos y nombre
DNI
Motivo
1 Flores González, Sergio
****2755E
No abonar derechos de examen
2 Ortega Palomo, Daniel
****7320R No abonar derechos de examen
3 Rojo Fernández, José Luis X****697A No acreditar requisito exigido en apartado 1º a) de la base segunda de la
convocatoria
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Almendralejo; de lo que, como Secretaria Accidental, doy fe.
En Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.- La Secretaria, María Carmen Gordillo
Alcalá.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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4478****P
78
Sánchez Cortes, Juan María
7926****K
79
Sánchez Diestro, Julián
4340****Y
80
Sánchez González, José Antonio
3397****P
81
Tena García-Moreno, Cristina
3477****Y
82
Vaca Muñoz, Ana Patricia
2895****V
83
Valladar Merchán, Luis
4478****T
84
Vargas Martín, José
3132****G
85
Vélez Pérez, Pedro Pablo
3477****L
86
Villalobos López, Alejandro
4495****H
87
Viñuela González, José María
3477****S
PERSONAS EXCLUIDAS
Apellidos y nombre
DNI
Motivo
1 Flores González, Sergio
****2755E
No abonar derechos de examen
2 Ortega Palomo, Daniel
****7320R No abonar derechos de examen
3 Rojo Fernández, José Luis X****697A No acreditar requisito exigido en apartado 1º a) de la base segunda de la
convocatoria
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso de reposición
potestativo ante el Alcalde Presidente de este Ayuntamiento, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la
publicación de este anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el
Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Mérida, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa.
Si optara por interponer el recurso de reposición potestativo, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta
que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio.
Todo ello sin perjuicio de que pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime pertinente.
Lo manda y firma el Sr. Alcalde, en Almendralejo; de lo que, como Secretaria Accidental, doy fe.
En Almendralejo, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, José María Ramírez Morán.- La Secretaria, María Carmen Gordillo
Alcalá.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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