Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Organismo Autónomo de Recaudación y Gestión Tributaria (Badajoz). Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (02668/2022)
Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema oposición libre, una plaza de Trabajador Social del Ayuntamiento de Badajoz
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Ayuntamiento de Badajoz

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
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Bases de la convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema oposición libre, una plaza de
Trabajador Social del Ayuntamiento de Badajoz

Expediente: 1 plaza de Trabajador Social laboral fijo 0063/2021 (1).
Servicio: Selección y formación.
Asunto: Bases de convocatoria para cubrir con carácter de personal laboral fijo, mediante el sistema oposición libre, una
plaza de Trabajador Social del Ayuntamiento de Badajoz.
Doña María de los Hitos Mogena Malpartida, Teniente Alcalde Delegada de Recursos Humanos, de acuerdo con el decreto
de Alcaldía de 27 de julio de 2021, relativo a delegaciones de competencias genéricas y nombramiento de Teniente de
Alcalde, publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz número 144, de 30 de julio, en uso de las atribuciones
conferidas por el artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad
con la oferta de empleo público correspondiente al año 2019 (DOE número 250 de 31 de diciembre de 2019) convoca
pruebas selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo, una plaza de Trabajador Social adscrita al IMSS del
Ayuntamiento de Badajoz, vacante en la Relación de Puestos de Trabajo del Ayuntamiento de Badajoz, con arreglo a las
siguientes.
BASES
Primera.- Objeto de la convocatoria.
Se convocan pruebas selectivas para cubrir con carácter de personal laboral fijo, una plaza de Trabajador Social adscrita al
IMSS del Ayuntamiento de Badajoz asignada al puesto 1613/001, mediante el sistema de oposición libre, correspondiente al
grupo A, subgrupo A2, nivel 23 según el artículo 76 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se
aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, encuadrada en la escala de Administración
Especial, dotada con los emolumentos correspondientes a dicho grupo, derecho a trienios, dos pagas extraordinarias y
demás retribuciones que correspondan con arreglo a la legislación vigente y que la Corporación tenga acordado o pueda
acordar.
Segunda.- Publicidad.
La convocatoria se publicará en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz, y en la página web del Ayuntamiento de Badajoz
y, en extracto, en el Boletín Oficial del Estado.
Tercera.- Requisitos.
Para ser admitidos/as a la realización del proceso selectivo correspondiente, los/as aspirantes deberán poseer al día de
finalización del plazo de presentación de solicitudes, durante el desarrollo del proceso selectivo y mantener hasta el
momento de la toma de posesión, los siguientes requisitos de participación:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos establecidos en el artículo 57, acceso al empleo
público de nacionales de otros Estados, del Real Decreto 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el
Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas. De conformidad con lo establecido en el
Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley
General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social, serán admitidas las personas
con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás aspirantes, todo ello condicionado a la capacidad
funcional para el desempeño de las tareas o funciones propias de este puesto, acreditándose las condiciones
personales de aptitud mediante dictamen vinculante expedido por el equipo multidisciplinar competente. A
estos efectos conforme establece el artículo 59.2 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del
Empleado Público, se adoptarán para las personas con la condición de discapacitada que lo soliciten, las
medidas precisas para establecer las adaptaciones y ajustes razonables de tiempos y medios en el proceso
selectivo y, una vez superado dicho proceso, las adaptaciones en el puesto de trabajo a las necesidades de la
persona con discapacidad. En todo caso, las pruebas selectivas se realizarán en condiciones de igualdad con
el resto de personas aspirantes.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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