Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Puebla de Alcocer. Recursos Humanos (Badajoz). (01444/2022)
Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana
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Ayuntamiento de Puebla de Alcocer
Anuncio 1444/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
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Puebla de Alcocer (Badajoz)
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Aprobación inicial de la Ordenanza fiscal reguladora del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de
Naturaleza Urbana
El Pleno de la Corporación municipal de Puebla de Alcocer, en sesión ordinaria, celebrada, en primera convocatoria, el 4 de
abril de 2022, acordó la aprobación provisional del expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente por término de treinta días hábiles, a los efectos de
información pública y audiencia de los interesados, durante los cuales se podrá examinar el expediente y presentar las
reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.
En caso de no producirse reclamaciones ni sugerencias durante el periodo anteriormente señalado, se entenderá aprobado
definitivamente el expediente, sin necesidad de ulterior acuerdo.
Puebla de Alcocer, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Moreno Delgado.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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El Pleno de la Corporación municipal de Puebla de Alcocer, en sesión ordinaria, celebrada, en primera convocatoria, el 4 de
abril de 2022, acordó la aprobación provisional del expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora del
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.
En cumplimiento de los dispuesto en los artículos 49 y 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de
Régimen Local, y 17 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto
Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se expone al público el expediente por término de treinta días hábiles, a los efectos de
información pública y audiencia de los interesados, durante los cuales se podrá examinar el expediente y presentar las
reclamaciones y sugerencias que se estimen oportunas.
En caso de no producirse reclamaciones ni sugerencias durante el periodo anteriormente señalado, se entenderá aprobado
definitivamente el expediente, sin necesidad de ulterior acuerdo.
Puebla de Alcocer, a fecha de la firma digital.- El Alcalde, Manuel Moreno Delgado.
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