Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Delegación de Bienestar Social (Badajoz). Secretaría General (Badajoz). (00618/2022)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal número 17, reguladora de la tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local mediante la ocupación del vuelo, subsuelo y/o suelo
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 618/2022

diciembre de 2020, recobrando su vigencia el 1 de enero de 2021, sin necesidad de ningún acto expreso.
Disposición transitoria segunda.
Con respecto a las tasas devengadas, correspondientes al ejercicio 2020, del periodo comprendido desde el 1 de enero de
2020 hasta el 13 de marzo de 2020, se practicarán las liquidaciones que procedan con las tarifas contenidas en la Ordenanza
fiscal vigente el 1 de enero de 2020.
Disposición final única. Entrada en vigor.
La presente modificación de la Ordenanza fiscal entrará en vigor y será de aplicación a partir de su publicación en el Boletín
Oficial de la Provincia y se aplicará en tanto no se acuerde su modificación o derogación, excepto lo dispuesto en la
disposición transitoria primera.
________________
ANEXO

Epígrafe I.- Ocupación de terrenos de uso público
Concepto
Grupo A

Categ. calles
Especial

Grupo B

Ud. adeudo

Importe

Vallas, andamios y puntales
Metro cuadrado

0,1129 euros/día

Primera

"

"

0,1016 euros/día

Segunda

"

"

0,0904 euros/día

Tercera

"

"

0,0790 euros/día

Mercancías, materiales de construcción y escombros
Especial

Metro cuadrado

0,9606 euros/día

Primera

"

"

0,7911 euros/día

Segunda

"

"

0,6215 euros/día

Tercera

"

"

0,3955 euros/día

Escombros en contenedor
Especial

Grupo C

Metro cuadrado

0,9606 euros/día

Primera

"

"

0,7911 euros/día

Segunda

"

"

0,6215 euros/día

Tercera

"

"

0,3955 euros/día

Terrazas hostelería
Anual
Especial

Metro cuadrado

23,7200 euros/año

Primera

"

"

19,3200 euros/año

Segunda

"

"

14,9300 euros/año

Tercera

"

"

11.4200 euros/año

Temporada (tarifa temporada verano completa: mayo, junio, julio, agosto y septiembre)
Especial

Metro cuadrado

16,0700 euros/Temp

Primera

"

"

13,0600 euros/Temp

Segunda

"

"

10,0500 euros/Temp

Tercera

"

"

8,03000 euros/Temp.

Días sueltos
Especial

Grupo D

Metro cuadrado

0,2600 euros/día

Primera

"

"

0,2200 euros/día

Segunda

"

"

0,1700 euros/día

Tercera

"

"

0,1300 euros/día

Quioscos, puestos, casetas de venta y espectáculos.
Especial
Primera

Metro cuadrado
"

"

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

0,3391 euros/día
0,2826 euros/día

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