Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (00567/2022)
Resolución de la convocatoria de subvenciones a Escuelas Municipales de Música para 2022
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Delegación de Cultura y Deportes

Ayuntamiento

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CIF

Total subvención (€)

Talarrubias

P0612700E

8.394,27

Torremejía

P0613300C

3.033,19

Trujillanos

P0613500H

1.758,81

Valdecaballeros

P0613700D

4.697,69

Valdelacalzada

P0616900G

4.290,41

Valdivia

P0618300H

522,00

Valverde de Leganés

P0614300B

6.749,14

Villafranca de los Barros

P0614900I

9.000,00

Villanueva del Fresno

P0615400I

3.427,60

Villar del Rey

P0615500F

3.256,11

Villarta de los Montes

P0615700B

1.775,96

Zafra

P0615800J

9.000,00

Zahínos

P0615900H

1.587,33

Zalamea de la Serena

P0616000F

3.444,75

Zurbarán

P0600004F

2.964,59

Las cantidades concedidas ascienden a un total de 374.999,90 euros y serán abonadas con cargo a la
aplicación presupuestaria 111/94232/46200/0400 de los presupuestos vigentes de la entidad.
Los ayuntamientos subvencionados que se incluyen en esta resolución cumplen con todos los requisitos para
ser beneficiarios de la concesión, estando al corriente de las obligaciones tributarias con esta Diputación de
Badajoz.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las
Administraciones Locales, a efectos de conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de dos de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada,
todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
que se estime procedente.
Lo dispone así el Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la
Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz, por decreto del Presidente, en Badajoz, a fecha de firma
electrónica.
Badajoz, 18 de febrero de 2022.- El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes, (decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019), Ricardo Cabezas Martín.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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