Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Albuera. Delegación de Cultura y Deportes (Badajoz). (00587/2022)
Reglamento de régimen interno del Programa Colaborativo Rural "Jardial"
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Ayuntamiento de La Albuera

Anuncio 587/2022

A no ser discriminado por razones de sexo, estado civil, edad, raza, condición social, ideas religiosas o políticas,
afiliación o no a un sindicato, así como por razón de lengua.
A su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene.
A la utilización de las instalaciones y medios de que dispone el centro para los fines que les son propios.
A cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa tendrán derecho a:
Recibir formación ocupacional específica y gratuita, adaptada a sus necesidades y posibilidades
personales.
Participar en el programa a través de los representantes elegidos, o mediante aquellos cauces
que para tal fin se dispongan.
Recibir de forma periódica información y orientación sobre su rendimiento

9.- Deberes.
Respetar la dignidad y el trabajo de cuantas personas prestan sus servicios en el proyecto.
Cumplir con las obligaciones derivadas del puesto de trabajo.
Observar las medidas de seguridad e higiene que se adopten.
Cumplir las órdenes e instrucciones impartidas por los superiores en el ejercicio de sus funciones.
Queda prohibida la entrada al interior de las instalaciones del centro de toda persona ajena al programa. Si algún
familiar necesita localizar a algún alumno/a de este programa solo basta con preguntar en las oficinas por la persona
que busca y se le facilitará la comunicación.
El uso del móvil en las horas de clase queda prohibido. Si algún alumno/a necesita estar localizable durante ese
periodo de tiempo, por algún motivo especial, pueden llamar al teléfono del centro y nosotros le pasaremos la
comunicación.
El uso del ordenador queda restringido para actividades relacionadas con el trabajo del taller.
La comunicación del alumnado con la entidad promotora en todo lo que respecta al programa será a través del
equipo directivo, siendo estos los intermediarios en todo momento.
Cuantos otros se deriven específicamente del contrato de trabajo y demás disposiciones concordantes.
Además, los beneficiarios del programa quedarán obligados a:
Cumplir con las obligaciones derivadas del plan formativo y ejecutar de forma responsable las tareas
que se contemplan en el mismo.
Participar activamente en la vida y funcionamiento del centro.
Respetar las instalaciones y medios puestos a su disposición.
ASISTENCIA.
- El alumnado-trabajador no podrá ausentarse de su puesto de trabajo sin ser autorizado por
su monitor y equipo directivo, a quien tendrá que pedir permiso y justificar la ausencia; de lo
contrario, se le imputará una falta por abandono del puesto de trabajo y, en caso de producirse
reiteración en dicha conducta, se procederá abrir expediente disciplinario y, si procede, llegar al
despido.
- Los justificantes de faltas tendrán que indicar expresamente cuánto tiempo puede estar
ausente del programa. El justificante de haber asistido a consulta no justifica de por sí todo el
día de trabajo.
En el caso de no asistir en todo el día por motivo médico, se necesitará presentar justificante de
baja y alta médica expedido por el/la facultativo/a.
- En caso de justificantes médicos o de otra naturaleza en localidad distinta, se analizarán por
parte del equipo técnico, atendiendo a cada circunstancia personal.
- Todas las horas que el alumno no asista al puesto de trabajo, ya sean faltas justificadas o no
serán descontadas del cómputo total de horas del módulo formativo que se esté impartiendo.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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