Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Azuaga. (00481/2022)
Aprobación de los precios públicos por publicidad
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Ayuntamiento de Azuaga

Anuncio 481/2022

Artículo 3. Obligados al pago.
Estarán obligados al pago todos los usuarios, tanto personas físicas como jurídicas, que a instancia de parte soliciten la
prestación del servicio a esta entidad local desde su entrada en vigor.
Artículo 4. Cobro.
La obligación de pagar el precio público por publicidad nace con carácter previo al inicio de la prestación del servicio
debiendo estar completamente abonados al finalizar el servicio y previa solicitud del servicio.
El pago del precio público correspondiente se realizará mediante ingreso o transferencia bancaria en el número de cuenta
facilitado en dependencias municipales o mediante cargo bancario de la correspondiente factura por parte del
Ayuntamiento de Azuaga previa autorización del obligado al pago.
La recaudación de los precios públicos regulados en la presente Ordenanza se sujetará a lo dispuesto en la Ley 58/2003, de
17 de diciembre, General Tributaria respecto del periodo voluntario, que corresponderá con el período de tiempo que dure
el servicio, y ejecutivo de pago y los correspondientes recargos aplicables en caso de impago.
Disposición adicional primera. Delegación de competencias.
Se delega en la Junta de Gobierno Local, en virtud del artículo 23 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del
Régimen Local, la modificación de la cuantía del precio público por servicio de publicidad.
Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa, se podrá interponer directamente por los interesados recurso contencioso-administrativo, en el
plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la
Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres.
En Azuaga, a 11 de febrero de 2022.- La Alcaldesa, María Natividad Fuentes del Puerto.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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