Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendral. (00167/2022)
Aprobación definitiva de la modificación de créditos número 4/2021. Expediente 306/2021
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Ayuntamiento de Almendral

Anuncio 167/2022

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Almendral
Almendral (Badajoz)
Anuncio 167/2022
Aprobación definitiva de la modificación de créditos número 4/2021. Expediente 306/2021

APROBACIÓN DEFINITIVA MODIFICACIÓN DE CREDITO
Aprobado definitivamente el expediente de transferencia de créditos entre aplicaciones de gastos de distinta área de gasto
que no afectan a bajas y altas de créditos de personal, lo que se publica a los efectos del artículo 169.1, por remisión del
177.2, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004,
de 5 de marzo:
Altas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Transferencia de crédito

Créditos finales

Progr. Económica
330

22608

Cultura. U.P.

19.819,00

+ 5.500,00

25.319,00

338

22609

Festejos

30.000,00

+ 6.200,00

36.200,00

450

219

Otro inmovilizado material

38.000,00

+ 8.000,00

46.000,00

425

22799

Suministros y mantenimiento
eléctricos

81.000,00

+ 5.500,00

86.500,00

Total ampliación

25.200,00
Bajas en aplicaciones de gastos

Aplicación

Descripción

Créditos iniciales

Transferencia de
crédito

Créditos finales

Progr. Económica
912

100

929

13104

Altos cargos

40.169,92

- 4.000,00

36.169,92

Otro personal

25.128,58

- 1.780,00

23.348,58

943

410

Transf. O.A.

28.000,00

- 8.000,00

20.000,00

943

463

Transf. mancomunidades

49.000,00

- 3.600,00

45.400,00

430

47901

Subvención comercios

11.500,00

- 1.036,00

10.464,00

925

48901

Subv. entidades s. fines de
lucro

28.705,88

- 3.534,00

25.171,88

459

61004

Material E.E.

10.500,00

- 3.250,00

7.250,00

Total minoración

- 25.200,00

Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 171 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las
Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, los interesados podrán interponer
directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 42 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas
Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá
por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.
En Almendral, a 19 de enero de 2022.- La Alcaldesa en Funciones, María Concepción Ambrioso Verdasco.

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