Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda. Servicio de Planificación Presupuestaria, Control del Gasto (Badajoz). (00029/2022)
Aprobación definitiva del presupuesto general de la Diputación de Badajoz y su sector público provincial para el ejercicio 2022
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Delegación de Economía y Hacienda

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Extinción de Incendios (CPEI) y Diputado Portavoz del Grupo Popular
Todas ellas conllevaran la consiguiente afiliación, alta y cotización al Régimen General de la Seguridad Social y estarán
sujetas a las retenciones correspondientes.
Estas retribuciones podrán incrementarse en el caso de funcionarios en situación de servicios especiales con la inclusión de
los trienios o sexenios consolidados en otras administraciones públicas, siempre que no se perciban por la administración
de procedencia.
2. Otras Asistencias.
a) Los miembros de la Corporación que ejerzan su cargo sin dedicación exclusiva o parcial percibirán en concepto de
asistencia a las Sesiones de la Junta de Gobierno ordinarias, 300,00 € por asistencia efectiva a cada una de las sesiones que
se celebren.
Las sesiones extraordinarias de la Junta de Gobierno, no tendrán derecho a indemnización.
b) Los miembros de la Corporación que ejerzan su cargo sin dedicación exclusiva o parcial, percibirán en concepto de
asistencia a las siguientes sesiones las siguientes indemnizaciones:
1) Al Pleno de la Corporación, 400,00 € por asistencia. No darán lugar a indemnización por asistencia la
celebración de Plenos Extraordinarios.
2) A las Comisiones Informativas, 200,00 € por asistencia a cada una de las mismas, con un máximo de 2
asistencias por mes.
c) Los miembros de la Corporación que ejerzan su cargo sin dedicación exclusiva o parcial y que no pertenezcan a la Junta de
Portavoces, percibirán en concepto de asistencia a las Sesiones de los órganos colegiados superiores de gobierno de los
Entes, Consorcios, Organismos y Fundaciones que conforman el Sector Público Provincial, a excepción de los de la
Diputación, 375,00 € brutos por cada asistencia efectiva a las mismas.
3. Asignaciones a grupos de Diputados.
Para las distintas actividades que desarrollen los grupos de Diputados que están representados en la Diputación, se
dispondrá, de acuerdo con lo establecido en el Reglamento Orgánico citado y la legislación vigente al respecto, de una
asignación por Grupo Político y mes, en los siguientes términos:
Un componente fijo idéntico para todos los Grupos por importe de 400,00 €.
Un componente variable en función del número de Diputados por un importe de 1.400,00 € por cada Diputado
Provincial.
En el supuesto de que algún grupo político sufriera una modificación que influyera en el número de grupos existentes en la
corporación, el importe a percibir por el nuevo grupo se reduciría proporcionalmente de la cuantía que recibía el originario.
4. Las cantidades referidas a las retribuciones contempladas en el punto primero experimentarán el mismo porcentaje de
incremento, y con los mismos efectos temporales, que a las Leyes de Presupuestos puedan establecer para el personal al
servicio del sector público.
E. BASES DE EJECUCIÓN PRESUPUESTOS 2022 ENTIDADES.
1. ENTIDAD GENERAL
CAPÍTULO I. NORMAS GENERALES
SECCIÓN PRIMERA.- Principios generales, normativa y ámbito de aplicación.
Base 1ª. Principios generales.
1. La Excma. Diputación Provincial de Badajoz y su Sector Provincial, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 165.1 del
Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas
Locales (en adelante TRLRHL) y artículo 9 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril por el que se desarrolla la citada Ley en
materia de presupuesto, establece las presentes Bases de Ejecución del Presupuesto General para el ejercicio 2022.
2. El presupuesto general de la Diputación se apoya en los siguientes principios:
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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