Administración del Estado. Ministerios. Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (Sevilla). (00047/2022)
Aprobación de cánones de regulación y tarifas de utilización del agua del año 2022
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Confederación Hidrográfica del Guadalquivir
Anuncio 47/2022
Año 2022
Abastecimientos y usos industriales consuntivos
Unidad
17.218,64
€/hm³
1.7.- Concesiones de escorrentías de las aguas invernales (15 de septiembre a 15 de abril) para riegos de olivar en ríos
regulados y no regulados:
Se considera el mismo tratamiento para la regulación directa y la indirecta.
Año 2022
Riegos
Unidad
8,52
€/ha
1.8.- Cultivos de arroz.- Las has. cultivadas de arroz estarán afectadas, además, por una tarifa complementaria del 30% del
canon que le corresponda según su emplazamiento.
1.9.- Riegos de apoyo al olivar.
Las concesiones de aguas invernales para riegos de olivar, que además soliciten riego de apoyo al olivar con una dotación de
1.000 m³/ha, abonarán un canon de regulación por ambos conceptos (concesión de aguas invernales + riego de apoyo) de
20,46 €/ha.
Año 2022
Riegos de apoyo del olivar con concesión de escorrentía.
Unidad
20,46
€/ha
1.10.- Facturación mínima.- El importe mínimo de la facturación a pagar por los usuarios al aplicar los cánones
anteriormente relacionados a las unidades beneficiadas será de 6,00 euros.
1.11.- Daños al dominio público hidráulico. En acuerdo de la Junta de Gobierno del Organismo de fecha 17/07/2014 se
establece la forma de obtención de los costes unitarios del agua para los diferentes usos a los que se aplique el recurso.
Dado que estos dependen de los beneficios unitarios que anualmente se aprueban en el presente documento, se tiene que
a los efectos de valoración de daños al dominio público hidráulico y en base al art. 326.bis.1.c, los costes unitarios del agua
son los siguientes:
Uso del agua
Coste del recurso año 2022
Agropecuario
0,099 €/m³
Abastecimiento e industrial consuntivo
0,297 €/m³
Industrial no consuntivo
0,030 €/m³
1.12.- Reducción de los apartados a) y c) canon de regulación zonas regables
Porcentajes de reducción aplicable a las zonas regables a partir de la dotación media resultante a final de la
campaña:
Ahorro s/dotación media
Reducción canon s/apartados a y c
Menor o igual al 10%
5%
Entre 10 – 20%
0%
Entre 20 – 30%
15%
Superior al 30%
20%
Dotación inferior ó igual a 2.000 m³/ha
25%
Liquidándose al año siguiente el total de la reducción e incrementos que corresponda, imputándose éstas únicamente sobre
los apartados a) y c) del canon de regulación, o sea, gastos de conservación y amortización de las inversiones estatales.
La reducción correspondiente deberá ser solicitada por los interesados al Área de Explotación de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir con fecha anterior al 31 de marzo de 2022. Dicha solicitud deberá ir acompañada de la
documentación necesaria para poder determinar el consumo de agua realizado en la campaña de riego 2020-2021, así como
la superficie de riego de dicha campaña.
2. Canon de regulación del Sistema Breña II–Arenoso para los usuarios del Trasvase Negratín–Almanzora.
Año 2022
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
Unidad
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Año 2022
Abastecimientos y usos industriales consuntivos
Unidad
17.218,64
€/hm³
1.7.- Concesiones de escorrentías de las aguas invernales (15 de septiembre a 15 de abril) para riegos de olivar en ríos
regulados y no regulados:
Se considera el mismo tratamiento para la regulación directa y la indirecta.
Año 2022
Riegos
Unidad
8,52
€/ha
1.8.- Cultivos de arroz.- Las has. cultivadas de arroz estarán afectadas, además, por una tarifa complementaria del 30% del
canon que le corresponda según su emplazamiento.
1.9.- Riegos de apoyo al olivar.
Las concesiones de aguas invernales para riegos de olivar, que además soliciten riego de apoyo al olivar con una dotación de
1.000 m³/ha, abonarán un canon de regulación por ambos conceptos (concesión de aguas invernales + riego de apoyo) de
20,46 €/ha.
Año 2022
Riegos de apoyo del olivar con concesión de escorrentía.
Unidad
20,46
€/ha
1.10.- Facturación mínima.- El importe mínimo de la facturación a pagar por los usuarios al aplicar los cánones
anteriormente relacionados a las unidades beneficiadas será de 6,00 euros.
1.11.- Daños al dominio público hidráulico. En acuerdo de la Junta de Gobierno del Organismo de fecha 17/07/2014 se
establece la forma de obtención de los costes unitarios del agua para los diferentes usos a los que se aplique el recurso.
Dado que estos dependen de los beneficios unitarios que anualmente se aprueban en el presente documento, se tiene que
a los efectos de valoración de daños al dominio público hidráulico y en base al art. 326.bis.1.c, los costes unitarios del agua
son los siguientes:
Uso del agua
Coste del recurso año 2022
Agropecuario
0,099 €/m³
Abastecimiento e industrial consuntivo
0,297 €/m³
Industrial no consuntivo
0,030 €/m³
1.12.- Reducción de los apartados a) y c) canon de regulación zonas regables
Porcentajes de reducción aplicable a las zonas regables a partir de la dotación media resultante a final de la
campaña:
Ahorro s/dotación media
Reducción canon s/apartados a y c
Menor o igual al 10%
5%
Entre 10 – 20%
0%
Entre 20 – 30%
15%
Superior al 30%
20%
Dotación inferior ó igual a 2.000 m³/ha
25%
Liquidándose al año siguiente el total de la reducción e incrementos que corresponda, imputándose éstas únicamente sobre
los apartados a) y c) del canon de regulación, o sea, gastos de conservación y amortización de las inversiones estatales.
La reducción correspondiente deberá ser solicitada por los interesados al Área de Explotación de la Confederación
Hidrográfica del Guadalquivir con fecha anterior al 31 de marzo de 2022. Dicha solicitud deberá ir acompañada de la
documentación necesaria para poder determinar el consumo de agua realizado en la campaña de riego 2020-2021, así como
la superficie de riego de dicha campaña.
2. Canon de regulación del Sistema Breña II–Arenoso para los usuarios del Trasvase Negratín–Almanzora.
Año 2022
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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