Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Higuera la Real. Delegación de Igualdad y Juventud. Residencia Universitaria "Hernán Cortés" (Badajoz). (00009/2022)
Extracto del acuerdo de 30 de diciembre de 2021 del Pleno del Ayuntamiento de Higuera la Real, por el que se convocan ayudas económicas por nacimiento o adopción de menor de tres años
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Ayuntamiento de Higuera la Real
Anuncio 9/2022
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Higuera la Real
Higuera la Real (Badajoz)
Anuncio 9/2022
Extracto del acuerdo de 30 de diciembre de 2021 del Pleno del Ayuntamiento de Higuera la Real, por el que se convocan
ayudas económicas por nacimiento o adopción de menor de tres años
EXTRACTO DEL ACUERDO DE 30 DE DICIEMBRE DE 2021 DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO DE HIGUERA LA REAL, POR EL QUE
SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE MENOR DE TRES AÑOS
BDNS (Identif.): 604256
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/604256).
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 30 de diciembre de 2021, aprobó la convocatoria de ayudas económicas por
nacimiento o adopción de hijo menor de tres años, con las condiciones y características que se transcriben a continuación
en extracto:
- Objeto de la ayuda: Nacimiento o adopción de hijo menor de tres años, sucedido entre 1 de enero y 31 de
diciembre de 2022.
- Importe de la ayuda por hijo: 1.200,00 euros, en diez cheques-bebé de 120,00 euros cada uno de ellos.
- Requisitos de los beneficiarios: Los enumerados en la base cuarta de las que rigen esta convocatoria.
- Plazo de solicitud: Dos meses siguientes a la inscripción en el Registro Civil del nacimiento o la adopción o, si
dicha fecha fuera anterior a la convocatoria, dos meses desde la publicación de dicha convocatoria, y siempre
antes de 31 de diciembre.
- Presentación de solicitudes: En la sede electrónica del Ayuntamiento de Higuera la Real
(https://higueralareal.sedelectronica.es) o en cualquiera de los registros señalados en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Crédito presupuestario: Aplicación 231.480 del presupuesto general 2022, con un límite de 20.000,00 euros.
- Plazo máximo de resolución: Seis meses desde la solicitud.
- Normativa aplicable: Bases reguladoras de las ayudas económicas por nacimiento o adopción de menor de
tres años, aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 23 de diciembre de 2019, publicadas en el
Boletín Oficial de la Provincia n.º 248, de 31 de diciembre de 2019.
Higuera la Real, 1 de enero de 2022.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ruiz Martínez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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ayudas económicas por nacimiento o adopción de menor de tres años
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SE CONVOCAN AYUDAS ECONÓMICAS POR NACIMIENTO O ADOPCIÓN DE MENOR DE TRES AÑOS
BDNS (Identif.): 604256
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/604256).
El Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el 30 de diciembre de 2021, aprobó la convocatoria de ayudas económicas por
nacimiento o adopción de hijo menor de tres años, con las condiciones y características que se transcriben a continuación
en extracto:
- Objeto de la ayuda: Nacimiento o adopción de hijo menor de tres años, sucedido entre 1 de enero y 31 de
diciembre de 2022.
- Importe de la ayuda por hijo: 1.200,00 euros, en diez cheques-bebé de 120,00 euros cada uno de ellos.
- Requisitos de los beneficiarios: Los enumerados en la base cuarta de las que rigen esta convocatoria.
- Plazo de solicitud: Dos meses siguientes a la inscripción en el Registro Civil del nacimiento o la adopción o, si
dicha fecha fuera anterior a la convocatoria, dos meses desde la publicación de dicha convocatoria, y siempre
antes de 31 de diciembre.
- Presentación de solicitudes: En la sede electrónica del Ayuntamiento de Higuera la Real
(https://higueralareal.sedelectronica.es) o en cualquiera de los registros señalados en el artículo 16.4 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Crédito presupuestario: Aplicación 231.480 del presupuesto general 2022, con un límite de 20.000,00 euros.
- Plazo máximo de resolución: Seis meses desde la solicitud.
- Normativa aplicable: Bases reguladoras de las ayudas económicas por nacimiento o adopción de menor de
tres años, aprobadas por acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 23 de diciembre de 2019, publicadas en el
Boletín Oficial de la Provincia n.º 248, de 31 de diciembre de 2019.
Higuera la Real, 1 de enero de 2022.- El Alcalde-Presidente, Miguel Ruiz Martínez.
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