Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Almendralejo. Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz". (05674/2021)
Reglamento de organización y funcionamiento de la Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza"
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Ayuntamiento de Almendralejo

Anuncio 5674/2021

- Instruir al alumnado en las materias específicas correspondientes a su especialidad formativa, desarrollando
un programa teórico-práctico, resaltando en todo caso los aspectos más operativos de la formación para la
consecución de la cualificación y/o de los certificados de profesionalidad correspondientes, y posibilitando la
futura inserción profesional de los alumnos y alumnas.
- Completar la formación básica y específica del alumnado con otras de tipo complementario, que incidan en
aspectos que siendo de interés para su formación integral queden fuera de las modalidades formativas
específicas, haciendo partícipes de esta formación complementaria a todo el personal de la Escuela
Profesional Dual.
- Realizar las acciones encomendadas en los marcos de actuación, acomodándolas al proceso formativo.
- Contribuir al desarrollo de la comunidad mediante la realización de un proyecto Aprendizaje Servicio que
aporte beneficios a la comunidad y a la vez sirva a los alumnos para poner en práctica las competencias
profesionales y personales adquiridas.
10.- La Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza" tendrá una duración de un año, desde el 1 de julio de 2021 al 30 de junio
2022.
II. ORGANIZACIÓN GENERAL
11.- La Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza" seguirá los criterios organizativos de conjunción (de esfuerzos entre los
diversos órganos y personas implicados en el cumplimiento de las finalidades y objetivos del centro), autonomía (de cada
miembro del equipo para que, respetando las orientaciones generales del centro, pueda tener plena libertad y autonomía
de decisión y acción en el ámbito de sus competencias), responsabilidad y coordinación.
12.- La organización general de la Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza" corresponde a tres niveles:
El institucional: la máxima responsabilidad institucional Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza" corresponde al Excmo.
Ayuntamiento de Almendralejo, que comparte con el SEXPE en los términos que marca la legislación y la normativa
publicada al efecto.
El interno: La organización interna de la Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza" se asienta en el equipo de personal del
centro, entendido este como órgano de trabajo colectivo integrado por todos los miembros del equipo: Directora-Gestora,
Gestora, Coordinadora de formación, Tutor técnico de Acompañamiento, Coordinadora de Obras, personal de apoyo y
monitores de cada especialidad. Colaborarán con este órgano la figura del delegado/a y subdelegado/a del alumnado.
El social, educativo-formativo: Entendido este como programa de formación para el empleo, haciendo de la Escuela
Profesional Dual "Elpis-Esperanza" un centro de formación integral.
13.- Los órganos de la Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza" quedan definidos en tres:
1) Comité de dirección/supervisión, es el órgano de decisión que ejerce la tutela directa de la Escuela
Profesional Dual "Elpis-Esperanza", y está formado por la Directora Gestora, Gestora, la Jefa de la Sección de
Formación, Empleo e Industria y el Concejal responsable de formación y empleo del Ayuntamiento de
Almendralejo. Se reunirá de forma periódica para supervisar objetivos, actividades y tareas.
Las funciones de este comité son:
- Informar al Ayuntamiento de los presupuestos y balances económicos, los programas y
memorias de obras.
- Supervisar el funcionamiento general de la Escuela Profesional Dual "Elpis-Esperanza", hacer
un seguimiento y proponer al Ayuntamiento la adopción de las iniciativas o medidas que
considere convenientes.
- Proponer la aprobación de las actividades de promoción e inserción laboral del proyecto.
- Proponer y ejecutar las sanciones previstas en este Reglamento, aplicando el Estatuto de los
Trabajadores en caso de ser necesario.
- Facilitar información al Ayuntamiento en cuantas decisiones le sea requerida.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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