Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Valdivia. Organismo Autónomo "Patronato Provincial de la Escuela de Tauromaquia de la Diputación de Badajoz". (05578/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público de la Entidad Local Menor de Valdivia
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Ayuntamiento de Valdivia
Norma
Anuncio 5578/2021
Artículo Apartado Opción
Hecho denunciado
Calificación
Tramos (€)
LEPAR
OM
58
97
d)
d)
La carencia de carteles o anuncios cuya
exposición al público sea obligatoria cuando
no esté prevista su sanción en la normativa
sectorial.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
e)
e)
La falta de respeto del público al personal
ejecutante o de este hacia el público durante
el desarrollo del espectáculo público o
actividad recreativa.
LEVE
a) De 300 a
1.000
b) De 50
a150
LEPAR
OM
58
97
f)
f)
La falta de limpieza e higiene en los
establecimientos públicos e instalaciones.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
g)
g)
El incumplimiento del horario de inicio o final
de un espectáculo.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
h)
h)
La celebración de espectáculos públicos o
actividades recreativas sin la previa
presentación de carteles o programas, cuando
sea necesaria.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
i)
i)
La utilización de indicadores o rótulos que
induzcan a error sobre la actividad autorizada.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
j)
j)
Incumplir por parte del público las
obligaciones previstas en el artículo 43 de la
Ley 7/2019, cuando no sea constitutivo de
infracción grave o muy grave.
LEVE
De 50 a 150
LEPAR
OM
58
97
k)
k)
Las acciones u omisiones tipificadas como
infracciones graves cuando, por su escasa
significación, trascendencia o perjuicio
ocasionado a terceros, no deban ser calificada
como tales.
LEVE
De 300 a
1.000
De 50 a 150
NOMENCLATURA EMPLEADA EN EL CUADRO:
OM: Ordenanza municipal.
LOPSC: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
LRJTAPP: Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente
Peligrosos.
LPCBAIA: Ley 5/2018, de 3 de mayo, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la
adolescencia (entrada en vigor 08/11/2018)
LEPAR: Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (entrada en vigor 10/04/2019)
Contra el presente acuerdo, conforme el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres.
En Valdivia, a 22 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Diego Corraliza Gutiérrez.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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97
d)
d)
La carencia de carteles o anuncios cuya
exposición al público sea obligatoria cuando
no esté prevista su sanción en la normativa
sectorial.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
e)
e)
La falta de respeto del público al personal
ejecutante o de este hacia el público durante
el desarrollo del espectáculo público o
actividad recreativa.
LEVE
a) De 300 a
1.000
b) De 50
a150
LEPAR
OM
58
97
f)
f)
La falta de limpieza e higiene en los
establecimientos públicos e instalaciones.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
g)
g)
El incumplimiento del horario de inicio o final
de un espectáculo.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
h)
h)
La celebración de espectáculos públicos o
actividades recreativas sin la previa
presentación de carteles o programas, cuando
sea necesaria.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
i)
i)
La utilización de indicadores o rótulos que
induzcan a error sobre la actividad autorizada.
LEVE
De 300 a
1.000
LEPAR
OM
58
97
j)
j)
Incumplir por parte del público las
obligaciones previstas en el artículo 43 de la
Ley 7/2019, cuando no sea constitutivo de
infracción grave o muy grave.
LEVE
De 50 a 150
LEPAR
OM
58
97
k)
k)
Las acciones u omisiones tipificadas como
infracciones graves cuando, por su escasa
significación, trascendencia o perjuicio
ocasionado a terceros, no deban ser calificada
como tales.
LEVE
De 300 a
1.000
De 50 a 150
NOMENCLATURA EMPLEADA EN EL CUADRO:
OM: Ordenanza municipal.
LOPSC: Ley Orgánica 4/2015, de 30 de marzo, de Protección de la Seguridad Ciudadana.
LRJTAPP: Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente
Peligrosos.
LPCBAIA: Ley 5/2018, de 3 de mayo, de prevención del consumo de bebidas alcohólicas en la infancia y la
adolescencia (entrada en vigor 08/11/2018)
LEPAR: Ley 7/2019, de 5 de abril, de espectáculos públicos y actividades recreativas de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (entrada en vigor 10/04/2019)
Contra el presente acuerdo, conforme el artículo 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales,
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contenciosoadministrativo, en el plazo de 2 meses contados a partir del día siguiente de la publicación de este anuncio en el Boletín
Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, con sede en Cáceres.
En Valdivia, a 22 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Diego Corraliza Gutiérrez.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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