Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Delegación de Cultura y Deportes. Servicio de Actividades Culturales y Deportivas (Badajoz). (05667/2021)
Segunda resolución parcial de la convocatoria de subvenciones a municipios y entidades locales menores de la provincia de Badajoz para la realización del Programa de Dinamización Cultural 2021 de la Delegación de Cultura y Deportes
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Delegación de Cultura y Deportes
Localidad
Anuncio 5667/2021
CIF
Grupo
Actúa Ibérica
Cantidad concedida
Villanueva del Fresno
P0615400I
Villar de Rena
P0615600D Per-versión Cover Band
Villar del Rey
P0615500F
Jarancio
Vivares
P5619701E
Bambalía Escénica
Zahínos
P0615900H Sergio Barquilla
1.210,00
Zalamea de la Serena
P0616000F
1.331,00
Zarza Capilla
P0616100D Atutiplan
1.331,00
Zarza Capilla
P0616100D Atutiplan
1.331,00
Zurbarán
P0600004F
Llares Folk
Zurbarán
P0600004F
Las Vegas
Rumbeando
1.331,00
1.210,00
900,00
1.210,00
900,00
1.331,00
Las cantidades concedidas ascienden a un total de 335.463,81 euros y serán abonadas con cargo a la
aplicación presupuestaria 111-94233-46201-1100 de los presupuestos vigentes de la entidad.
Los ayuntamientos que se incluyen en esta segunda resolución parcial cumplen con todos los requisitos para
ser beneficiarios de la concesión, estando al corriente de las obligaciones tributarias con esta Diputación de
Badajoz, y acompañan la justificación completa y correcta de los gastos realizados por lo que procede dar por
justificadas las subvenciones concedidas.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, a efectos de conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada,
todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
que se estime procedente.
Lo dispone así el Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la
Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz, por decreto del Presidente, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento. El Presidente. P.D. El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes. Fdo.: Ricardo Cabezas Martín (decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019).
En Badajoz, a 28 de diciembre de2021.- Vicepresidente 1.º y Diputado de Cooperación Municipal, Ricardo Cabezas Martín.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Cantidad concedida
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P0615400I
Villar de Rena
P0615600D Per-versión Cover Band
Villar del Rey
P0615500F
Jarancio
Vivares
P5619701E
Bambalía Escénica
Zahínos
P0615900H Sergio Barquilla
1.210,00
Zalamea de la Serena
P0616000F
1.331,00
Zarza Capilla
P0616100D Atutiplan
1.331,00
Zarza Capilla
P0616100D Atutiplan
1.331,00
Zurbarán
P0600004F
Llares Folk
Zurbarán
P0600004F
Las Vegas
Rumbeando
1.331,00
1.210,00
900,00
1.210,00
900,00
1.331,00
Las cantidades concedidas ascienden a un total de 335.463,81 euros y serán abonadas con cargo a la
aplicación presupuestaria 111-94233-46201-1100 de los presupuestos vigentes de la entidad.
Los ayuntamientos que se incluyen en esta segunda resolución parcial cumplen con todos los requisitos para
ser beneficiarios de la concesión, estando al corriente de las obligaciones tributarias con esta Diputación de
Badajoz, y acompañan la justificación completa y correcta de los gastos realizados por lo que procede dar por
justificadas las subvenciones concedidas.
Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia.
Quinto.- Comunicar la resolución dictada al Pleno de la Corporación en la próxima sesión ordinaria que se
celebre, de conformidad con lo establecido en el artículo 62 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades
Locales, a efectos de conocimiento.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, en los términos del artículo 52 de la Ley 7/1985, de 2 de
abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición ante el Ilmo.
Sr. Presidente de la Diputación de Badajoz, dentro del plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación
de la misma en el Boletín Oficial de la Provincia, o directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo
Contencioso-Administrativo competente dentro del plazo de dos meses, contados desde la fecha anteriormente indicada,
todo ello de conformidad con lo dispuesto por los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8.1, 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, y sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso
que se estime procedente.
Lo dispone así el Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y Coordinador de la
Delegación de Cultura y Deportes de la Diputación de Badajoz, por decreto del Presidente, en el lugar y fecha indicados en el
encabezamiento. El Presidente. P.D. El Vicepresidente Primero Diputado Delegado del Área de Cooperación Municipal y
Coordinador de la Delegación de Cultura y Deportes. Fdo.: Ricardo Cabezas Martín (decreto 5/07/2019, BOP 8/07/2019).
En Badajoz, a 28 de diciembre de2021.- Vicepresidente 1.º y Diputado de Cooperación Municipal, Ricardo Cabezas Martín.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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