Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Don Benito. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05544/2021)
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso-oposición, de una plaza de Inspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Don Benito
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Ayuntamiento de Don Benito

Anuncio 5544/2021

ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Don Benito
Don Benito (Badajoz)
Anuncio 5544/2021
Bases para la provisión, como funcionario de carrera, mediante el sistema de promoción interna por concurso-oposición, de
una plaza de Inspector de la Policía Local del Ayuntamiento de Don Benito

BASES PARA LA PROVISIÓN, COMO FUNCIONARIO DE CARRERA, MEDIANTE EL SISTEMA DE PROMOCIÓN INTERNA POR
CONCURSO-OPOSICIÓN, DE UNA PLAZA DE INSPECTOR DE LA POLICÍA LOCAL DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE DON BENITO
Don José Luis Quintana Álvarez, Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento, en uso de las atribuciones que le confiere el
artículo 21.1.g) de la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en su nueva redacción dada por la
Ley 11/99, de 21 de abril, de modificación de la anterior en materia de organización y funcionamiento, recursos
administrativos, retribuciones y licencias, convoca pruebas selectivas para proveer una plaza de Inspector de la Policía Local
con arreglo a las siguientes
BASES:
PRIMERA.- OBJETO DE LA CONVOCATORIA.
1.1.- Es objeto de la presente convocatoria la provisión en propiedad, por el sistema de concurso-oposición, por el turno de
promoción interna, de una plaza de Inspector de la Policía Local, encuadrada en la escala de Administración Especial,
subescala Servicios Especiales, clase de la Policía Local, escala Técnica vacante en la plantilla de personal funcionario de este
Ilmo. Ayuntamiento y presupuestada con cargo a los presupuestos 2021. Plaza con código RPT PLIP01, correspondientes a la
OEP de 2021. Dotada con las retribuciones básicas correspondientes al grupo A2, y complemento de destino nivel 24 así
como las demás retribuciones complementarias que le correspondan, según la relación de puestos de trabajo vigente en
este Ayuntamiento.
1.2.- Corresponderá al funcionario titular de la plaza, objeto de la presente convocatoria, el desempeño de las funciones
contempladas en la normativa vigente. Estará, además, sujeto a lo dispuesto en la Ley 53/84, de 26 de diciembre, de
Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas.
1.3.- En lo no previsto en las presentes bases, serán de aplicación al procedimiento selectivo el Real Decreto Legislativo
5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público
(EBEP); la Ley 7/85, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en la redacción dada por la Ley 57/2003, de 16
de diciembre de Medidas para la Modernización del Gobierno Local; la Ley 30/84, de 2 de agosto, de Medidas para la
Reforma de la Función Pública; el Real Decreto Legislativo 781/86, de 13 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido
de las disposiciones vigentes en materia de Régimen Local; el Real Decreto 896/91, de 7 de junio, por el que se establecen las
normas básicas y los programas mínimos a que deben ajustarse el procedimiento de selección de los funcionarios de la
Administración Local; el Decreto 201/1995, de 26 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del
Personal al Servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, modificado por el Decreto 170/2016,
de 18 de octubre; la Ley 7/2017, de 1 de agosto , de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, y el Decreto 218/2009,
de 9 de octubre, de la Consejería de Administración Pública y Hacienda, por el que se aprueban las Normas Marco de los
Policías Locales de Extremadura, la Orden de 14 de septiembre de 2004, por la que se aprueban los programas mínimos a
los que han de ajustarse las bases de las convocatorias realizadas por las entidades locales para el ingreso, promoción y
movilidad en los cuerpos de la Policía Local y Auxiliares de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así
como la potestad del Ayuntamiento convocante, siendo de aplicación supletoria el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo,
por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y
demás normas concordantes de aplicación.
SEGUNDA.- REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES.
2.1.- Los aspirantes deberán reunir todas y cada una de las siguientes condiciones:
a) Tener la nacionalidad española.
b) No haber alcanzado la edad de jubilación.
c) Pertenecer al Cuerpo de la Policía Local del Ayuntamiento de Don Benito (Badajoz).
d) Tener un mínimo de dos años de antigüedad de servicio activo como funcionario de carrera en la categoría
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
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