Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva de la Serena. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05488/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza municipal de seguridad y convivencia ciudadana en el espacio público
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Ayuntamiento de Villanueva de la Serena

Apdo. Opción

Anuncio 5488/2021

Norma

Art.

Hecho denunciado

Calificación

Sanción (€)

OM

84

c)

No comunicar el titular al Registro municipal el
traslado de un perro o un animal potencialmente
peligrosos de una Comunidad Autónoma a otra,
sea con carácter permanente o por período
superior a tres meses.

Leve

De 150,25 a
300,51

OM

84

d)

No comunicar el titular al Registro municipal el
certificado de sanidad animal expedido por la
autoridad competente.

Leve

De 150,25 a
300,51

CAPÍTULO III. RÉGIMEN SANCIONADOR SOBRE SUMINISTRO Y CONSUMO DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS.
LPCBAIA
OM

35
89

1
2

a)
a)

Consumir bebidas alcohólicas en los lugares en
los que esté prohibido. Mayores de edad. Salvo
excepciones especificadas.

Leve

De 150,25 a
300,51

LPCBAIA
OM

35
89

1
2

b)
b)

Ausencia de cartel en aquellos establecimientos
en los que no se permite vender bebidas
alcohólicas, situado en lugar perfectamente
visible, que advierta de dicha prohibición.

Leve

De 150,25 a
300,51

LPCBAIA
OM

35
89

1
2

c)
c)

Suministrar a personas menores de dieciocho
años cualquier producto que imite bebida
alcohólica.

Leve

De 150,25 a
300,51

LPCBAIA
OM

35
89

1
2

d)
d)

Carecer de cartel en lugar visible que advierta de
la prohibición de suministro a personas menores
de dieciocho años en los establecimientos o
actividades en los que se vendan bebidas
alcohólicas.

Leve

De 150,25 a
300,51

LPCBAIA
OM

35
89

1
2

e)
e)

Carecer las máquinas expendedoras o
automáticas de bebidas alcohólicas de la
información explícita de prohibición de venta de
bebidas alcohólicas a menores de edad.

Leve

De 150,25 a
300,51

CAPÍTULO IV. RÉGIMEN SANCIONADOR EN MATERIA DE ESPECTÁCULOS PÚBLICOS Y ACTIVIDADES RECREATIVAS.
LEPAR
OM

56
95

a)
a)

La celebración de espectáculos públicos y
actividades recreativas expresamente prohibidas
en la Ley 7/2019.

Muy grave

De 30.001,00 a
600.000,00

LEPAR
OM

56
95

b)
b)

El incumplimiento de las resoluciones firmes en
vía administrativa en materia de prohibición,
suspensión e inhabilitación en materia de
espectáculos y actividades recreativas, así como
las referidas al cierre o clausura de
establecimientos e instalaciones y revocación de
autorizaciones.

Muy grave

De 30.001,00 a
600.000,00

LEPAR
OM

56
95

c)
c)

El incumplimiento de las medidas provisionales
adoptadas de conformidad con lo dispuesto en
la Ley 7/2019.

Muy grave

De 30.001,00 a
600.000,00

LEPAR
OM

56
95

d)
d)

La celebración de espectáculos públicos o
actividades recreativas o la apertura de
establecimientos públicos e instalaciones
portátiles o desmontables sin la preceptiva
licencia, autorización o cualquier otro título
habilitante que proceda, o incumplimiento los
términos de estos o de las medidas de
accesibilidad universal cuando de ello se puedan
originar situaciones de grave riesgo para las
personas o bienes.

Muy grave

De 30.001,00 a
600.000,00

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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