Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de La Morera. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Planificación y Seguimiento de Proyectos (Badajoz). (05635/2021)
Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de cementerio municipal
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Ayuntamiento de La Morera

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ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de La Morera
La Morera (Badajoz)
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Aprobación definitiva de la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del servicio de
cementerio municipal

Aprobado definitivamente el expediente de modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por prestación del
servicio de cementerio municipal, tramitado por este Ayuntamiento, al haber transcurrido el periodo de exposición pública
sin que se hayan formulado reclamaciones o sugerencias ante la Corporación y haberlo así dispuesto en el acuerdo de
aprobación inicial adoptado por el Ayuntamiento Pleno en sesión extraordinaria de fecha 4 de noviembre de 2021, se hace
público para su general conocimiento, que contra el acuerdo de aprobación definitiva podrá interponerse directamente
recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de
Extremadura, en la forma y los plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, el cual no suspenderá por si solo la
aplicación del expediente aprobado.
Seguidamente y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se procede a la inserción del texto
íntegro de la modificación de la Ordenanza:

MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE CEMENTERIO
MUNICIPAL
Artículo 6.- Cuota.
La cantidad a liquidar y exigir, en concepto de cuota tributaria se obtendrá por la aplicación de la siguiente tarifa:

Nichos:
Concesión de 60 años

500,00 euros

Prórrogas sucesivas de 1 año hasta un máximo de 99 años

100,00 euros

Apertura

50,00 euros

Cierre

50,00 euros

Columbarios:
Concesión de 40 años

150,00 euros

Prórrogas sucesivas de 1 año hasta un máximo de 99 años

50,00 euros

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Ordenanza entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Badajoz,
comenzará a aplicarse el día 1 de enero del ejercicio siguiente y permanecerá en vigor hasta que se acuerde su modificación
o derogación.
La Morera, a 27 de diciembre de 2021.- El Alcalde-Presidente, Juan José Amo González.

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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