Administración Local. Diputaciones. Diputación de Badajoz. Área de Presidencia y Relaciones Institucionales (Badajoz). (05550/2021)
Aprobación de trece cartas de servicios de varias unidades administrativas de la Diputación de Badajoz
79 páginas totales
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Área de Presidencia y Relaciones Institucionales
Anuncio 5550/2021
que finaliza el plazo de presentación de solicitud en Registro.
Indicador: Tiempo medio de resolución de solicitudes de subvención.
6. Atender las consultas de asesoramiento o asistencia técnica antes de las 48 horas hábiles desde su
recepción por cualquier medio.
Indicador: Tiempo medio de atención de consultas de asesoramiento o asistencia técnica.
7. Dar respuesta al 100% de las consultas de los/as usuarios/as recibidas por los diferentes canales de
comunicación del Servicio.
Indicador: Porcentaje de consultas atendidas.
6. DERECHOS DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES USUARIAS.
A identificar al personal integrado en el Servicio.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal del Servicio en relación con los servicios que se
prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o
telemática, todo ello debidamente regulado por el propio Servicio.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así
corresponda legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento del Servicio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías
que se observen en el funcionamiento del Servicio en relación con los servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo
para los fines previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por el Servicio podrán presentar sus quejas y reclamaciones
sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo al siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con
firma
electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Servicio o presentado en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.es
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente en la Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del
Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que el Servicio ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. NORMATIVA REGULADORA.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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que finaliza el plazo de presentación de solicitud en Registro.
Indicador: Tiempo medio de resolución de solicitudes de subvención.
6. Atender las consultas de asesoramiento o asistencia técnica antes de las 48 horas hábiles desde su
recepción por cualquier medio.
Indicador: Tiempo medio de atención de consultas de asesoramiento o asistencia técnica.
7. Dar respuesta al 100% de las consultas de los/as usuarios/as recibidas por los diferentes canales de
comunicación del Servicio.
Indicador: Porcentaje de consultas atendidas.
6. DERECHOS DE LAS PERSONAS Y ENTIDADES USUARIAS.
A identificar al personal integrado en el Servicio.
A ser tratadas con respeto y deferencia por el personal del Servicio en relación con los servicios que se
prestan.
A ser informadas en términos comprensibles y ser atendidas de forma personalizada.
A obtener la información requerida de manera eficaz y eficiente.
A recibir la información, orientación y gestión solicitada de manera presencial, telefónica, informática o
telemática, todo ello debidamente regulado por el propio Servicio.
A exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y del personal a su servicio, cuando así
corresponda legalmente.
A formular iniciativas y sugerencias que puedan contribuir a mejorar el funcionamiento del Servicio.
A formular reclamaciones y quejas que puedan dar lugar a demoras, desatenciones u otras anomalías
que se observen en el funcionamiento del Servicio en relación con los servicios que se apuntan.
A la protección de sus datos de carácter personal y que sean empleados con carácter único y exclusivo
para los fines previstos en el ámbito administrativo.
7. QUEJAS Y RECLAMACIONES. INICIATIVAS Y SUGERENCIAS.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados por el Servicio podrán presentar sus quejas y reclamaciones
sobre el funcionamiento del servicio, en los lugares y en la forma que se señalan a continuación:
A través de la Sede Electrónica, con los medios de identificación y firma previstos en la misma,
accediendo al siguiente enlace sin firma electrónica: https://sede.dip-badajoz.es/index.php?id=qsy con
firma
electrónica:
https://eadministracion.dip-badajoz.es/portal/noEstatica.do?opc_id=190&asu_mod_cod=133&asu_cod
=134&asunto=186&aplcorreo=4&pes_cod=-2
De forma presencial, mediante el formulario disponible en la Oficina de Atención a la Ciudadanía.
Mediante correo postal dirigido a las oficinas del Servicio o presentado en la Oficina de Atención a la
Ciudadanía de la Diputación de Badajoz o en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común.
Mediante correo electrónico dirigido a la dirección: calidad@dip-badajoz.es
Además, para las personas que trabajan en la Diputación de Badajoz a través del formulario
correspondiente en la Intranet Corporativa (http://www.dip-badajoz.es/intranet/) o en el Portal del
Empleado.
Las reclamaciones presentadas por incumplimiento de los compromisos contenidos en esta Carta no tendrán carácter de
recurso administrativo ni su presentación interrumpirá los plazos establecidos en la normativa vigente sin renuncia al
ejercicio de otros derechos y acciones que puedan ejercer las personas y entidades usuarias.
Las personas y entidades usuarias de los servicios prestados que consideren que el Servicio ha incumplido los compromisos
asumidos en esta Carta, podrán dirigir un escrito o queja a la unidad responsable de la misma, que contestará por escrito
mediante correo postal o medio electrónico, según preferencia expresada por estas, en el plazo máximo de 10 días
comunicando las causas del incumplimiento, así como las medidas adoptadas en relación con las deficiencias observadas.
Este incumplimiento no dará lugar a responsabilidad patrimonial de la Administración.
8. NORMATIVA REGULADORA.
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Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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