Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Badajoz. Delegación de Economía y Hacienda (Badajoz). (05538/2021)
Delegación de competencias
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Ayuntamiento de Badajoz
Anuncio 5538/2021
ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTOS
Ayuntamiento de Badajoz
Badajoz
Anuncio 5538/2021
Delegación de competencias
Al objeto de servir a los intereses generales de la ciudad con eficacia y celeridad, designo un nuevo cargo funcional.
Considerando lo establecido por los artículos 20 y 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; Reguladora de las Bases de Régimen, y
los artículos 41, 43, 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de
Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
HE RESUELTO:
Primero: Como consecuencia de la imposibilidad temporal de asumir la funciones delegadas por parte de la Concejal
Delegada doña Lara Montero de Espinosa Ramos, y atendiendo a la importancia y magnitud de los eventos y fiestas locales
gestionados por tal delegación, he decidido conferir la siguiente Delegación de competencias específicas al señor Concejal,
con toda la capacidad de dirigir dicho servicio en la amplitud de responsabilidades que la ley permite, y que sean como tales
delegables, que a continuación se expresan:
Sr. don Francisco Javier Gutiérrez Jaramillo. Concejal Delegado de:
Ferias y Fiestas.
Segundo: La Delegación efectuada, se entenderá aceptada tácitamente, si en el término de tres días hábiles, contados desde
la notificación de la resolución, el Concejal Delegado no hace manifestación expresa ante el Alcalde-Presidente de su no
aceptación.
Tercero: Dejar constancia de la posibilidad de avocación de las facultades delegadas, en los términos del artículo 10 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 121 y 116, del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
Cuarto: Notificar la presente resolución al Concejal Delegado designado, y a las diversas Áreas, Servicios y Organismo
Autónomos, y proceder, conforme al artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de la plena eficacia jurídica de esta resolución, a partir del día de la fecha.
Quinto: Indicar al Concejal Delegado, a favor de quien se efectúa la Delegación citada anteriormente, del deber que le
cumple de informar a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, acerca del ejercicio de la función delegada, en los términos
previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, y
Sexto: De la presente resolución se dará cuenta a la Corporación a efectos de conocimiento, y en cumplimiento de lo
determinado en el apartado d) del artículo 58 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En Badajoz, a 20 de diciembre de 2021.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop
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Al objeto de servir a los intereses generales de la ciudad con eficacia y celeridad, designo un nuevo cargo funcional.
Considerando lo establecido por los artículos 20 y 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril; Reguladora de las Bases de Régimen, y
los artículos 41, 43, 44 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprobó el Reglamento de
Organización,
Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales,
HE RESUELTO:
Primero: Como consecuencia de la imposibilidad temporal de asumir la funciones delegadas por parte de la Concejal
Delegada doña Lara Montero de Espinosa Ramos, y atendiendo a la importancia y magnitud de los eventos y fiestas locales
gestionados por tal delegación, he decidido conferir la siguiente Delegación de competencias específicas al señor Concejal,
con toda la capacidad de dirigir dicho servicio en la amplitud de responsabilidades que la ley permite, y que sean como tales
delegables, que a continuación se expresan:
Sr. don Francisco Javier Gutiérrez Jaramillo. Concejal Delegado de:
Ferias y Fiestas.
Segundo: La Delegación efectuada, se entenderá aceptada tácitamente, si en el término de tres días hábiles, contados desde
la notificación de la resolución, el Concejal Delegado no hace manifestación expresa ante el Alcalde-Presidente de su no
aceptación.
Tercero: Dejar constancia de la posibilidad de avocación de las facultades delegadas, en los términos del artículo 10 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y artículos 121 y 116, del Real Decreto 2568/1986, de 28 de
noviembre.
Cuarto: Notificar la presente resolución al Concejal Delegado designado, y a las diversas Áreas, Servicios y Organismo
Autónomos, y proceder, conforme al artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, a su publicación en el
Boletín Oficial de la Provincia, sin perjuicio de la plena eficacia jurídica de esta resolución, a partir del día de la fecha.
Quinto: Indicar al Concejal Delegado, a favor de quien se efectúa la Delegación citada anteriormente, del deber que le
cumple de informar a la Alcaldía-Presidencia de la Corporación, acerca del ejercicio de la función delegada, en los términos
previstos en el artículo 115 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las entidades locales, y
Sexto: De la presente resolución se dará cuenta a la Corporación a efectos de conocimiento, y en cumplimiento de lo
determinado en el apartado d) del artículo 58 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre.
En Badajoz, a 20 de diciembre de 2021.- El Alcalde, Ignacio Gragera Barrera.
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