Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de Villanueva del Fresno. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05333/2021)
Ordenanza sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial
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Ayuntamiento de Villanueva del Fresno

Anuncio 5333/2021

GRAVEDAD
Norma

Art.

Apdo. Inciso Opción

Hecho

Observaciones

CIR

19

1

5B

CIRCULAR CON UN VEHÍCULO PROVISTO DE
LÁMINAS ADHESIVAS O CORTINILLAS
CONTRA EL SOL EN LAS VENTANILLAS
POSTERIORES, SIN LLEVAR DOS ESPEJOS
RETROVISORES QUE CUMPLAN LAS
ESPECIFICACIONES TÉCNICAS NECESARIAS.

200,00

76

-

O

G

CIR

19

2

5A

COLOCAR EN UN VEHÍCULO VIDRIOS
TINTADOS O COLOREADOS NO
HOMOLOGADOS

200,00

76

-

O

G

CIR

20

1

5E

CIRCULAR CON UNA TASA DE ALCOHOL EN
AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,25
MILIGRAMOS POR LITRO, QUE ES LA
REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA

Para conductores en
general, pruebas
siempre con
etilómetros
homologados

500,00

4

77

-

C

M

CIR

20

1

5F

CIRCULAR CON UNA TASA DE ALCOHOL EN
SANGRE SUPERIOR A 0,50 GRAMOS POR
1000 C.C., QUE ES LA
REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA

Para conductores en
general, pruebas
siempre con
etilómetros
homologados

500,00

4

77

-

C

M

CIR

20

1

5G

CIRCULAR CON UNA TASA DE ALCOHOL EN
AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,15
MILIGRAMOS POR LITRO, QUE ES LA
REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA

para conductores
profesionales, de
servicio de urgencia,
mercancías peligrosas
o transportes
especiales, noveles y
pruebas siempre con
etilómetros
homologados

500,00

4

77

-

C

M

CIR

20

1

5H

CIRCULAR CON UNA TASA DE ALCOHOL EN
SANGRE SUPERIOR A 0,30 GRAMOS POR
1000 C.C., QUE ES LA
REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA

Para conductores
profesionales,
noveles, de servicio
de urgencia,
mercancías peligrosas
o transportes
especiales

500,00

4

77

-

C

M

CIR

20

1

5I

CIRCULAR CON UNA TASA DE ALCOHOL EN
AIRE ESPIRADO SUPERIOR A 0,25
MILIGRAMOS POR LITRO, QUE ES LA
REGLAMENTARIAMENTE ESTABLECIDA,
SOBREPASANDO LOS 0,50 MG/L

Tras la entrada en
vigor de la Ley
6/2014, de 7 de abril,
hay nuevas cuantías
sancionadoras
aplicables sólo a
supuestos de hecho
cometidos a partir de
la entrada en vigor de
la citada Ley.Entra en
vigor el 9/5/14

1000,00

6

77

-

C

M

CIR

20

1

5J

CIRCULAR CON UNA TASA DE ALCOHOL EN
SANGRE SUPERIOR A 0,50 GRAMOS POR MIL
C.C, QUE ES LA REGLAMENTARIAMENTE
ESTABLECIDA, SOBREPASANDO 1,00 GR/L

Tras la entrada en
vigor de la Ley
6/2014, de 7 de abril,
hay nuevas cuantías
sancionadoras
aplicables sólo a
supuestos de hecho
cometidos a partir de
la entrada en vigor de
la citada Ley. Entra en
vigor el 9/5/14.Para
conductores en
general.

1000,00

6

77

-

C

M

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

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