Administración Local. Ayuntamientos. Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara. Recursos Humanos (Badajoz). Servicio de Gestión de Recursos Humanos (Badajoz). (05381/2021)
Aprobación definitiva de la Ordenanza número 46, reguladora del precio público por la venta de material turístico y/o promocional de San Vicente de Alcántara y análogos
5 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Ayuntamiento de San Vicente de Alcántara

Anuncio 5381/2021

Concepto
Bolígrafo estuche

Importe (IVA incluido)
14,50

Mochila blanca

5,50

Mochila negra

4,80

Mochila

11,30

Riñonera

8,00

Tazas negra/blanca

9,50

Vaso

7,90

Bidón

8.20

Globo terraqueo

58,00

Bolsa

7,00

Bolsa

7,80

Bolsa plegable

8,00

Mapa papel

9,00

Monedero

2,70

Llavero

4,00

Set vinos

19,00

Botella

15,50

Espejo

4,70

Neceser

5.50

Abanico

7,50

Camiseta mujer color

6,50

Camiseta niño color

6,20

Camiseta adulto color

6,50

Sudadera técnica adulto

22,5

Sudadera técnica niño

21,00

Pulseras colores

1,00

Gorras

5,25

Bidón acero

18,00

Gorra niño

3,50

Artículo 5. Cobro.
El precio público se devenga en el momento de solicitar la adquisición del material institucional de que se trate y será
liquidado y hecho efectivo contra entrega de los mismos.
La gestión y cobro de este precio público se llevará a cabo por este Ayuntamiento, siendo su pago a través de la Oficina
Municipal de Turismo, que lo ingresará en la tesorería municipal.
Artículo 6. Venta de libros.
Podrá suscribirse un convenio de colaboración con establecimientos comerciales para la venta de publicaciones
relacionadas con San Vicente de Alcántara, siempre y cuando cuenten con todos los requisitos legales establecidos para su
venta, así como dar publicidad de los artículos promocionales.
Artículo 7. Bases para la fijación de los precios públicos.
Como regla general, el precio público se determinará atendiendo al cálculo y aplicación de los costes directos e indirectos,
descontando de los mismos los ingresos de otra índole que se obtengan como resultado del patrocinio o la colaboración
con otras Administraciones Públicas o entes privados.
Artículo 8. Delegación en la Junta de Gobierno Local.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales el Pleno delega a favor de la Junta de Gobierno Local la
fijación de nuevos precios públicos de artículos y productos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BADAJOZ
Godofredo Ortega y Muñoz, 4 1ª Planta
www.dip-badajoz.es/bop

Página 3 de 5